III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2022-17239)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas definitivas de boquerón por modalidad o censo en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, así como las cuotas individuales de los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144245

Tercero.
Los buques de cerco del caladero del Golfo de Cádiz cuya suma de posibilidades de
pesca entre el boquerón y sardina es inferior al 1 % abandonan la pesquería.
Se publica como anexo III la relación de buques que no alcanzan el porcentaje
mínimo requerido para su permanencia en la pesquería de cerco del Golfo de Cádiz,
de sardina y de boquerón.
Cuarto.
A los barcos de cerco del Cantábrico y Noroeste que obtuvieron cuota desde el Golfo
de Cádiz mediante el mecanismo de las transmisiones temporales de posibilidades de
pesca, hasta el 10 % de la cuota adquirida no consumida, se les ha considerado su
flexibilidad interanual. Se publica como Anexo IV el listado de barcos y grupos de barcos
de cerco Cantábrico y Noroeste a los que en base a la cuota adquirida al Golfo de Cádiz,
se les ha reconocido flexibilidad interanual, con indicación de la cantidad de la misma.
Quinto.
Esta Resolución produce efectos para la campaña de pesca del 1 de julio de 2022
hasta el 30 de junio de 2023. Estas cuotas adaptadas definitivas aquí publicadas,
sustituyen a las cuotas iniciales provisionales de la Resolución de la Secretaría General
de Pesca de 8 de julio de 2022 y a la flexibilidad interanual del cerco Cantábrico y
Noroeste indicada en la Resolución de la de la Secretaría General de Pesca de 8 de
agosto de 2022.
Sexto.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 14 de octubre de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
ANEXO I
Cuota definitiva para el boquerón (Engraulis encrasicolus), ANE/9/3411,
para las modalidades de cerco del Cantábrico y Noroeste y de cerco del Golfo
de Cádiz, para el periodo de 1 de julio de 2022 a 30 de junio de 2023

Cerco CNW.
Cerco GC.

Cuota ANE/9/3411 (kg)

99.018
7.869.139

cve: BOE-A-2022-17239
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