III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2022-17237)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2022 la cantidad disponible de días de pesca del mecanismo de optimización por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144207

cantidades superiores a esa cifra para cada barco o grupo de barcos son las que se
incorporan a la bolsa de optimización en este momento.
Con el objeto de dar la mayor flexibilidad posible al uso del mecanismo y favorecer la
continuidad de la actividad pesquera de todos los buques hasta finales, se valorará la
incorporación de buques a utilizar las cantidades comunes sobrantes disponibles de
otros segmentos de eslora. Sin embargo, también se considera adecuado, al menos
inicialmente, dadas las relativamente bajas cuantías iniciales de los sobrantes y la
previsión del número de buques que podrían incorporarse a utilizar el mecanismo,
establecer limitaciones en forma de un máximo de días en una semana natural que un
buque que se incorporara al mecanismo podría faenar.
Por tanto, la Secretaria General de Pesca, oído el sector, resuelve:
Primero.
Publicar las cantidades disponibles, a fecha 14 de octubre de 2022, para cada uno
de los grupos de esfuerzo pesquero. Dicha información es la que figura en el anexo I de
la presente resolución. El origen de dichas cantidades puede consultarse en el anexo II.
Segundo.
Los buques o grupos de buques que, a fecha 1 de octubre hayan agotado su
asignación de días de pesca para 2022, o aquellos que agoten su asignación con
posterioridad, deberán solicitar a la Dirección General de Pesca Sostenible, buzón bzngestarrastre@mapa.es, su incorporación al uso de este mecanismo, del que podrán
hacer uso de manera automática una vez comunicado, salvo indicación en contra y
siempre que existan días disponibles.
En todo caso, se establece un máximo de dos días de pesca por semana natural por
buque que entre a utilizar el mecanismo, independientemente de que haya estado en
gestión individual o en gestión conjunta con otros buques.
Tercero.
En caso de agotamiento de una de las cantidades disponibles en el mecanismo o la
imposibilidad de establecer dicha cantidad por ausencia de sobrantes, para un segmento
concreto y pesquería, se valorará la incorporación de los buques de dichos segmentos y
sin disponibilidad de días al uso de las cantidades disponibles en otros segmentos,
siendo su utilización bajo la aplicación de los ratios de conversión entre segmentos de
eslora que figuran en el anexo IV de la orden APA/423/2020, de 18 de mayo.
Cuarto.
Las cantidades disponibles de días establecidas en el punto primero se irán
actualizando semanalmente, o con mayor frecuencia si fuera necesario, en base a los
consumos que se constaten y los días laborales restantes hasta el 31 de diciembre
de 2022. Estos días también estarán disponibles en la aplicación Gestcuotas.

Los días de pesca utilizados por los buques o grupos de buques que accedan a
utilizar los sobrantes disponibles por el mecanismo de optimización, obviamente siempre
a partir del 1 de octubre, momento en el que comienza a funcionar este mecanismo
como señala el artículo 9.1 de la orden APA/423/2020, no serán considerados a efectos
de la aplicación del artículo 16 de la misma orden.

cve: BOE-A-2022-17237
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Quinto.