III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2022-17157)
Resolución de 7 de octubre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de septiembre de 2022, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid el 28 de junio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 20 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 143148
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
17157
Resolución de 7 de octubre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de
septiembre de 2022, por el que se aprueba la terminación del procedimiento
de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid el 28 de junio de 2022.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2022, ha
aprobado, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por
el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades
por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid,
el 28 de junio de 2022.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 7 de octubre de 2022.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad de Madrid el 28 de junio de 2022
Primero.
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
pagador de la Comunidad de Madrid, como competente en la gestión y control de las
ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del citado
Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la liquidación realizada
sobre la deuda contraída de ocho mil setecientos noventa y nueve euros (8.799 €) que
son con cargo a Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER).
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad de Madrid, ha
sido extinguida al haber efectuado un abono por el importe adeudado con fecha 1 de
julio de 2022 en la cuenta habilitada del Banco de España, por lo que se acuerda admitir
dicho abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y, no se repercuten
los intereses compensatorios de los costes financieros, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.
cve: BOE-A-2022-17157
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 252
Jueves 20 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 143148
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
17157
Resolución de 7 de octubre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de
septiembre de 2022, por el que se aprueba la terminación del procedimiento
de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid el 28 de junio de 2022.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2022, ha
aprobado, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por
el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades
por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid,
el 28 de junio de 2022.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 7 de octubre de 2022.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad de Madrid el 28 de junio de 2022
Primero.
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
pagador de la Comunidad de Madrid, como competente en la gestión y control de las
ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del citado
Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la liquidación realizada
sobre la deuda contraída de ocho mil setecientos noventa y nueve euros (8.799 €) que
son con cargo a Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER).
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad de Madrid, ha
sido extinguida al haber efectuado un abono por el importe adeudado con fecha 1 de
julio de 2022 en la cuenta habilitada del Banco de España, por lo que se acuerda admitir
dicho abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y, no se repercuten
los intereses compensatorios de los costes financieros, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.
cve: BOE-A-2022-17157
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.