III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2022-17158)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se modifica la de 18 de julio de 2022, por la que se convoca la tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 20 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 143151
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17158
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía,
por la que se modifica la de 18 de julio de 2022, por la que se convoca la
tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de
diciembre.
El Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, estableció la
obligación de desarrollar reglamentariamente un marco retributivo para la generación de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables basado en el reconocimiento
a largo plazo de un precio por la energía.
En cumplimiento de dicho mandato se aprobó el Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para
instalaciones de producción de energía eléctrica, mediante el cual se estableció un
marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, denominado régimen económico de energías renovables, basado en el
reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía.
En desarrollo del artículo 4 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se aprobó
la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo
de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se
establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
El artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, establece que las
subastas desarrolladas al amparo de la citada orden ministerial serán convocadas
mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con esta normativa, la Resolución de 18 de julio de 2022, de la
Secretaría de Estado de Energía, convoca la tercera subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
La citada resolución establece, en aplicación del artículo 8.6 del Real
Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, un límite máximo al volumen de producto
adjudicado a una misma empresa o grupo empresarial, que se modifica en esta
resolución para garantizar el correcto funcionamiento de la subasta.
Por todo lo anterior, la Secretaría de Estado de Energía resuelve lo siguiente:
Modificar el apartado sexto de la Resolución de 18 de julio de 2022, de la Secretaría
de Estado de Energía, por la que se convoca la tercera subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre, que queda redactado como sigue:
«Sexto. Establecer que, en aplicación del artículo 8.6 del Real
Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, el volumen de producto adjudicado a una
misma empresa o grupo empresarial, según la definición del artículo 42.1 del
Código de Comercio, no podrá ser superior al 50 % del cupo de producto a
subastar para el producto establecido en el apartado tercero.1 y no podrá ser
cve: BOE-A-2022-17158
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 252
Jueves 20 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 143151
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17158
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía,
por la que se modifica la de 18 de julio de 2022, por la que se convoca la
tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de
diciembre.
El Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, estableció la
obligación de desarrollar reglamentariamente un marco retributivo para la generación de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables basado en el reconocimiento
a largo plazo de un precio por la energía.
En cumplimiento de dicho mandato se aprobó el Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para
instalaciones de producción de energía eléctrica, mediante el cual se estableció un
marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, denominado régimen económico de energías renovables, basado en el
reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía.
En desarrollo del artículo 4 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se aprobó
la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo
de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se
establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
El artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, establece que las
subastas desarrolladas al amparo de la citada orden ministerial serán convocadas
mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con esta normativa, la Resolución de 18 de julio de 2022, de la
Secretaría de Estado de Energía, convoca la tercera subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
La citada resolución establece, en aplicación del artículo 8.6 del Real
Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, un límite máximo al volumen de producto
adjudicado a una misma empresa o grupo empresarial, que se modifica en esta
resolución para garantizar el correcto funcionamiento de la subasta.
Por todo lo anterior, la Secretaría de Estado de Energía resuelve lo siguiente:
Modificar el apartado sexto de la Resolución de 18 de julio de 2022, de la Secretaría
de Estado de Energía, por la que se convoca la tercera subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre, que queda redactado como sigue:
«Sexto. Establecer que, en aplicación del artículo 8.6 del Real
Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, el volumen de producto adjudicado a una
misma empresa o grupo empresarial, según la definición del artículo 42.1 del
Código de Comercio, no podrá ser superior al 50 % del cupo de producto a
subastar para el producto establecido en el apartado tercero.1 y no podrá ser
cve: BOE-A-2022-17158
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