III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aeropuertos. (BOE-A-2022-16963)
Orden TMA/976/2022, de 22 de septiembre, por la que se aprueba la revisión del Plan Director del Aeropuerto de Jerez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Lunes 17 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 141237
El vigente Plan Director del Aeropuerto de Jerez que se revisa fue aprobado
mediante Orden Ministerial el 23 de julio de 2001, publicada en el BOE con fecha 9 de
agosto de 2001.
Con objeto de su adaptación a la normativa vigente y a las necesidades actuales y
futuras de la demanda, garantizando un adecuado nivel de servicio, resulta
imprescindible revisar el vigente Plan Director del Aeropuerto de Jerez, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre
Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, y su
modificación por el Real Decreto 1267/2018, de 11 de octubre, para introducir
modificaciones de carácter sustancial en el mismo y proceder a la delimitación de su
nueva Zona de Servicio de acuerdo con lo establecido por el artículo 166 de la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social.
Como resultado de las modificaciones introducidas, la Zona de Servicio ha
experimentado alguna variación con respecto a la delimitada en 2001, excluyéndose del
ámbito anterior 7,16 ha y produciéndose nuevas afecciones con una superficie de 20,5
ha, aumentando así su superficie global en 13,34 ha.
No siendo objeto del Plan Director establecer la programación para ejecutar las
nuevas actuaciones que prevé, para su realización y puesta en funcionamiento habrán
de tenerse en cuenta las previsiones que, al respecto, contemple el Documento de
Regulación Aeroportuaria (DORA) vigente en cada momento.
El Plan Director ha sido sometido a la evaluación ambiental estratégica prevista en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. A tales efectos, se incluye
como un anexo del Plan Director la Declaración Ambiental Estratégica, formulada por
resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, publicada en BOE n.º 293, de 8 de
diciembre de 2021.
En su virtud, a propuesta de la Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2591/1998, de 4
de diciembre, dispongo:
Primero.
Se aprueba la revisión del «Plan Director del Aeropuerto de Jerez», en el que se
definen las grandes directrices de ordenación y desarrollo del aeropuerto hasta alcanzar
su desarrollo previsible y se delimita la Zona de Servicio del aeropuerto.
La Zona de Servicio del aeropuerto delimitada por este Plan Director tiene una
superficie estimada de 483,8 hectáreas, de las cuales 188,3 hectáreas corresponden al
Subsistema de Movimiento de Aeronaves, 68,9 hectáreas al Subsistema de Actividades
Aeroportuarias y 226,6 hectáreas a la Zona de Reserva Aeroportuaria.
La delimitación de la Zona de Servicio queda configurada por un conjunto de líneas
reflejadas en el plano 4.4 del Plan Director, bien mediante las coordenadas UTM
ETRS89 (Huso 29) de sus vértices, bien siguiendo los límites de sistemas generales,
infraestructuras u otros elementos reconocibles del territorio. La tabla de coordenadas se
adjunta a esta orden ministerial.
Los terrenos necesarios para la nueva delimitación de la Zona de Servicio con
respecto a los que figuraban en el Plan Director que se revisa, figuran representados
gráficamente en el plano 4.3.
cve: BOE-A-2022-16963
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 249
Lunes 17 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 141237
El vigente Plan Director del Aeropuerto de Jerez que se revisa fue aprobado
mediante Orden Ministerial el 23 de julio de 2001, publicada en el BOE con fecha 9 de
agosto de 2001.
Con objeto de su adaptación a la normativa vigente y a las necesidades actuales y
futuras de la demanda, garantizando un adecuado nivel de servicio, resulta
imprescindible revisar el vigente Plan Director del Aeropuerto de Jerez, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre
Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, y su
modificación por el Real Decreto 1267/2018, de 11 de octubre, para introducir
modificaciones de carácter sustancial en el mismo y proceder a la delimitación de su
nueva Zona de Servicio de acuerdo con lo establecido por el artículo 166 de la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social.
Como resultado de las modificaciones introducidas, la Zona de Servicio ha
experimentado alguna variación con respecto a la delimitada en 2001, excluyéndose del
ámbito anterior 7,16 ha y produciéndose nuevas afecciones con una superficie de 20,5
ha, aumentando así su superficie global en 13,34 ha.
No siendo objeto del Plan Director establecer la programación para ejecutar las
nuevas actuaciones que prevé, para su realización y puesta en funcionamiento habrán
de tenerse en cuenta las previsiones que, al respecto, contemple el Documento de
Regulación Aeroportuaria (DORA) vigente en cada momento.
El Plan Director ha sido sometido a la evaluación ambiental estratégica prevista en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. A tales efectos, se incluye
como un anexo del Plan Director la Declaración Ambiental Estratégica, formulada por
resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, publicada en BOE n.º 293, de 8 de
diciembre de 2021.
En su virtud, a propuesta de la Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2591/1998, de 4
de diciembre, dispongo:
Primero.
Se aprueba la revisión del «Plan Director del Aeropuerto de Jerez», en el que se
definen las grandes directrices de ordenación y desarrollo del aeropuerto hasta alcanzar
su desarrollo previsible y se delimita la Zona de Servicio del aeropuerto.
La Zona de Servicio del aeropuerto delimitada por este Plan Director tiene una
superficie estimada de 483,8 hectáreas, de las cuales 188,3 hectáreas corresponden al
Subsistema de Movimiento de Aeronaves, 68,9 hectáreas al Subsistema de Actividades
Aeroportuarias y 226,6 hectáreas a la Zona de Reserva Aeroportuaria.
La delimitación de la Zona de Servicio queda configurada por un conjunto de líneas
reflejadas en el plano 4.4 del Plan Director, bien mediante las coordenadas UTM
ETRS89 (Huso 29) de sus vértices, bien siguiendo los límites de sistemas generales,
infraestructuras u otros elementos reconocibles del territorio. La tabla de coordenadas se
adjunta a esta orden ministerial.
Los terrenos necesarios para la nueva delimitación de la Zona de Servicio con
respecto a los que figuraban en el Plan Director que se revisa, figuran representados
gráficamente en el plano 4.3.
cve: BOE-A-2022-16963
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.