III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-16810)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Chipiona, por la que se deniega la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 14 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 140025

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
16810

Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Chipiona, por la que se deniega
la inscripción de una escritura de compraventa.

En el recurso interpuesto por doña C. D. G. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Chipiona, don José Manuel Enríquez Bustos, por la que
se deniega la inscripción de una escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 24 de septiembre del año 2021 ante don
Francisco Federico Rosales de Salamanca Rodríguez, notario de Los Palacios y
Villafranca, don J. M. R. M. vendió a doña C. D. G. la finca registral número 24.276 del
término de Chipiona. No obstante, este documento se presentó en el Registro con
posterioridad otra escritura de compraventa de fecha posterior en la que el citado
don J. M. R. M. vendió la misma finca a otro comprador.
II
Presentado dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Chipiona, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Asiento 1429 del Diario 186.
Entrada número 654/2022.
Presentante: C. S., E.
Protocolo N.º: 1092/2021.
Notario: Francisco Rosales de Salamanca.
Calificación negativa.
Previo examen y calificación conforme al artículo 18 y 19 de la Ley Hipotecaria y
concordantes de su Reglamento de la escritura de compraventa otorgada en Sevilla el
día 24/09/2021 ante el notario Don/ña Francisco Rosales de Salamanca, número de
protocolo 1092/2021, presentada en este Registro el día veinticuatro de febrero de dos
mil veintidós, el Registrador de la Propiedad que suscribe ha acordado denegar en el día
de hoy la práctica de los asientos solicitados, en base al siguiente defecto insubsanable
de no aparecer inscrita la finca a nombre de la parte vendedora don J. M. R. M.:

1. Que por escritura objeto de calificación don J. M. R. M. vende a doña C. D. G. la
finca registral 24.276 del término de Chipiona.
2. Que en el documento objeto de calificación se observa que la finca aparece
inscrita a nombre de la entidad “Costa Leal 2000, SL” unipersonal, por título de compra
en virtud de escritura otorgada el día tres de febrero del año dos mil veintidós, ante la
Notario de Utrera Doña Rosa María Muñoz Carrión, número de protocolo 238/2.022,
causando la inscripción 7.ª de la finca de fecha 29/04/2022.

cve: BOE-A-2022-16810
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Hechos.