III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16819)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del Anteproyecto de desagüe de las avenidas de la Rambla de Nogalte a la cuenca del Almanzora. Presa de la Torrecilla, Lorca (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140363
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental,
Esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y
como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que es necesario el
sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto
«Anteproyecto de desagüe de las avenidas de la Rambla de Nogalte a la cuenca del
Almanzora. Presa de la Torrecilla. T.M. Lorca (Murcia)», ya que no se pueden descartar
efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.
Esta resolución se publicaré en el «Boletín Oficial del Estado» y la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin
perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que
resulten legalmente exigibles.
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los
que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización
del proyecto.
cve: BOE-A-2022-16819
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de octubre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140363
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental,
Esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y
como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que es necesario el
sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto
«Anteproyecto de desagüe de las avenidas de la Rambla de Nogalte a la cuenca del
Almanzora. Presa de la Torrecilla. T.M. Lorca (Murcia)», ya que no se pueden descartar
efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.
Esta resolución se publicaré en el «Boletín Oficial del Estado» y la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin
perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que
resulten legalmente exigibles.
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los
que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización
del proyecto.
cve: BOE-A-2022-16819
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de octubre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X