II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos. (BOE-A-2022-16774)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 139828
Se deberá aportar una descripción de las tareas desempeñadas y su relación con el
sector de la aviación civil y la seguridad aérea, y además se deberán acreditar con un
informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, así como copia de los
correspondientes contratos de trabajo, o, en el caso de colaboraciones puntuales o
informes profesionales, contratos de servicios, o para el caso de las actividades
realizadas como empleado público, un certificado de servicios previos expedido por la
administración pública competente.
Méritos relativos al expediente académico y la formación
cve: BOE-A-2022-16774
Verificable en https://www.boe.es
– Cursos de formación certificados por universidades y centros oficiales de
formación superior, indicando las horas lectivas de cada curso. Se deberán adjuntar
documentos originales o copias autenticadas de los certificados oficiales de los cursos y
de las calificaciones de los expedientes académicos.
– Licencias expedidas de acuerdo con la Parte 66 del Reglamento (CE)
número 2042/2003, con el Reglamento (UE) número 805/2011 o con los Reglamentos
UE 1178/2011 y 290/2012 de la Comisión. Se deberán adjuntar documentos originales o
copias compulsadas.
– Cursos de AESA o cursos convalidables. Se deberán adjuntar documentos
originales o copias autenticadas de los certificados de los cursos, y documentación
acreditativa de las horas lectivas y el syllabus del curso. El tribunal emitirá un dictamen si
los cursos presentados por los aspirantes son convalidables con los cursos incluidos en
el Procedimiento de Cualificación aprobado en AESA y sus anexos, sobre la base de que
el número de horas lectivas sea al menos el 90 % y los contenidos o syllabus completen
al menos un 80 % del correspondiente curso de AESA.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 139828
Se deberá aportar una descripción de las tareas desempeñadas y su relación con el
sector de la aviación civil y la seguridad aérea, y además se deberán acreditar con un
informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, así como copia de los
correspondientes contratos de trabajo, o, en el caso de colaboraciones puntuales o
informes profesionales, contratos de servicios, o para el caso de las actividades
realizadas como empleado público, un certificado de servicios previos expedido por la
administración pública competente.
Méritos relativos al expediente académico y la formación
cve: BOE-A-2022-16774
Verificable en https://www.boe.es
– Cursos de formación certificados por universidades y centros oficiales de
formación superior, indicando las horas lectivas de cada curso. Se deberán adjuntar
documentos originales o copias autenticadas de los certificados oficiales de los cursos y
de las calificaciones de los expedientes académicos.
– Licencias expedidas de acuerdo con la Parte 66 del Reglamento (CE)
número 2042/2003, con el Reglamento (UE) número 805/2011 o con los Reglamentos
UE 1178/2011 y 290/2012 de la Comisión. Se deberán adjuntar documentos originales o
copias compulsadas.
– Cursos de AESA o cursos convalidables. Se deberán adjuntar documentos
originales o copias autenticadas de los certificados de los cursos, y documentación
acreditativa de las horas lectivas y el syllabus del curso. El tribunal emitirá un dictamen si
los cursos presentados por los aspirantes son convalidables con los cursos incluidos en
el Procedimiento de Cualificación aprobado en AESA y sus anexos, sobre la base de que
el número de horas lectivas sea al menos el 90 % y los contenidos o syllabus completen
al menos un 80 % del correspondiente curso de AESA.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X