II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos. (BOE-A-2022-16774)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 139815
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa
y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre
materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de
género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo
sostenible y las materias específicas del temario. En caso de que se vea procedente, se
podrán utilizar medios telemáticos para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos en la parte teórica para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.
2.
3.
4.
5.
Fase de oposición.
Cuarto ejercicio.
Tercer ejercicio.
Primer ejercicio.
Segundo ejercicio.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos
Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la
determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses,
se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos bajo la supervisión de un tutor designado
a tal efecto.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de
los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al
empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los
correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que
tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos
de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de
presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará
acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como
certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado
aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real
Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
cve: BOE-A-2022-16774
Verificable en https://www.boe.es
4. Periodo de prácticas. Una vez superado el curso selectivo los aspirantes
continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en
el BOE de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 139815
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa
y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre
materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de
género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo
sostenible y las materias específicas del temario. En caso de que se vea procedente, se
podrán utilizar medios telemáticos para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos en la parte teórica para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.
2.
3.
4.
5.
Fase de oposición.
Cuarto ejercicio.
Tercer ejercicio.
Primer ejercicio.
Segundo ejercicio.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos
Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la
determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses,
se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos bajo la supervisión de un tutor designado
a tal efecto.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de
los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al
empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los
correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que
tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos
de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de
presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará
acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como
certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado
aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real
Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
cve: BOE-A-2022-16774
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4. Periodo de prácticas. Una vez superado el curso selectivo los aspirantes
continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en
el BOE de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.