II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos. (BOE-A-2022-16774)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 139814
– 0,5 puntos por otras licencias recogidas en los reglamentos mencionados y
distintas a las anteriores.
– 1 punto por cada diez horas lectivas en cursos de AESA o convalidables por cursos
incluidos en perfiles de cualificación de AESA.
– 2 puntos por cada grado, doctorado o master universitario relacionado con las
competencias del cuerpo de ingenieros aeronáuticos, distintos de los exigidos para la
participación en este proceso selectivo.
– 1 punto por cada grado, doctorado o master universitario con materias no
relacionadas con las competencias del cuerpo de ingenieros aeronáuticos.
Méritos relativos a la actividad y experiencia profesional.
La experiencia se acreditará, de conformidad con lo dispuesto en el anexo VI,
atendiendo a la experiencia profesional previa de los aspirantes, en relación con las
materias señaladas en la presente convocatoria.
Estos méritos se valorarán, hasta alcanzar un máximo de 40 puntos, entre la suma
de los dos subapartados siguientes:
– Experiencia en puestos de trabajo cuyo contenido estuviera relacionado con las
funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado. Se valorará a
razón de 4 puntos por cada año completo de experiencia acreditada en puestos de
trabajo para los que se exigiese titulación superior, o 6 puntos si ese puesto además
tuviera carácter de jefe de proyecto o de directivo, hasta alcanzar un máximo de 35
puntos.
– Colaboraciones puntuales e informes profesionales relacionados con las funciones
propias del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos. Se valorarán por el tribunal hasta un
total máximo de 5 puntos en este subapartado, según la dificultad técnica, el grado de
complejidad y el volumen de las actividades acreditadas. No serán tenidas en cuenta las
colaboraciones e informes profesionales desarrollados en puestos de trabajo ya
valorados en el epígrafe anterior.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3. Curso selectivo. Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de
oposición y tendrá una duración máxima de tres meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud
de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a este órgano el
Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
cve: BOE-A-2022-16774
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 139814
– 0,5 puntos por otras licencias recogidas en los reglamentos mencionados y
distintas a las anteriores.
– 1 punto por cada diez horas lectivas en cursos de AESA o convalidables por cursos
incluidos en perfiles de cualificación de AESA.
– 2 puntos por cada grado, doctorado o master universitario relacionado con las
competencias del cuerpo de ingenieros aeronáuticos, distintos de los exigidos para la
participación en este proceso selectivo.
– 1 punto por cada grado, doctorado o master universitario con materias no
relacionadas con las competencias del cuerpo de ingenieros aeronáuticos.
Méritos relativos a la actividad y experiencia profesional.
La experiencia se acreditará, de conformidad con lo dispuesto en el anexo VI,
atendiendo a la experiencia profesional previa de los aspirantes, en relación con las
materias señaladas en la presente convocatoria.
Estos méritos se valorarán, hasta alcanzar un máximo de 40 puntos, entre la suma
de los dos subapartados siguientes:
– Experiencia en puestos de trabajo cuyo contenido estuviera relacionado con las
funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado. Se valorará a
razón de 4 puntos por cada año completo de experiencia acreditada en puestos de
trabajo para los que se exigiese titulación superior, o 6 puntos si ese puesto además
tuviera carácter de jefe de proyecto o de directivo, hasta alcanzar un máximo de 35
puntos.
– Colaboraciones puntuales e informes profesionales relacionados con las funciones
propias del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos. Se valorarán por el tribunal hasta un
total máximo de 5 puntos en este subapartado, según la dificultad técnica, el grado de
complejidad y el volumen de las actividades acreditadas. No serán tenidas en cuenta las
colaboraciones e informes profesionales desarrollados en puestos de trabajo ya
valorados en el epígrafe anterior.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3. Curso selectivo. Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de
oposición y tendrá una duración máxima de tres meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud
de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a este órgano el
Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
cve: BOE-A-2022-16774
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247