II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-16775)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 14 de octubre de 2022

Sec. II.B. Pág. 139832

Séptima. Cuerpos de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas
y Diseño.
1. Los Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas
correspondientes a las especialidades de las que sean titulares de los centros que aparecen
en el anexo IV y para las especialidades que figuran en el anexo XII de esta convocatoria.
2. Los Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas
correspondientes a las especialidades de las que sean titulares de los centros que aparecen
en el anexo IV y para las especialidades que figuran en el anexo XIII de esta convocatoria.
Octava. Cuerpo de Maestros.
Estos funcionarios podrán solicitar en los centros que aparecen en los anexos del V
al VII, los puestos que se indican a continuación siempre que reúnan los requisitos
exigidos para los mismos:
A)

Puestos de trabajo de Educación Infantil y de Educación Primaria:
Código

Denominación

031

Educación Infantil.

032

Lengua Extranjera: Inglés.

033

Lengua Extranjera: Francés.

034

Educación Física.

035

Música.

036

Pedagogía Terapéutica.

037

Audición y Lenguaje.

038

Educación Primaria.

Estos puestos podrán solicitarse por aquellos que acrediten la titularidad de la
especialidad tras la superación del correspondiente procedimiento selectivo de ingreso al
Cuerpo de Maestros o a través de lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real
Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre. Asimismo, podrán ser solicitados por aquellos que
conforme a la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre,
hayan sido habilitados para los mismos de acuerdo con la normativa anterior a la entrada
en vigor del citado Real Decreto o se les haya reconocido esa habilitación conforme a la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre.
B) Puestos de trabajo de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria
Obligatoria:
Código

021

Ciencias Sociales, Geografía e Historia.

022

Biología y Geología.

023

Matemáticas.

024

Lengua Castellana y Literatura.

025

Lengua Extranjera: Inglés.

026

Lengua Extranjera: Francés.

027

Educación Física.

028

Música.

cve: BOE-A-2022-16775
Verificable en https://www.boe.es

Denominación