II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-16775)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 14 de octubre de 2022

Sec. II.B. Pág. 139847

Si se pide más de un tipo de plaza o puesto de un mismo centro o localidad es
necesario repetir el centro o localidad tantas veces como tipo de plaza/puesto se solicite.
A estos efectos, en el Cuerpo de Maestros se considerará como puestos distintos
aquellos puestos de inglés de convenio con el «The British Council», los de Educación
de Personas Adultas y los de perfil bilingüe.
Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el interesado no podrá ser
invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar por tal motivo
lesionado sus intereses y derechos.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes no será tenida en cuenta ninguna
solicitud de puestos ni modificación alguna a las plazas solicitadas.
Decimosexta.

Evaluación de los méritos.

Para la evaluación de los méritos alegados y debidamente justificados por los
concursantes, en lo que se refiere a los apartados 5 y 6, excepto los subapartados 5.3,
6.4, 6.5 y 6.6 del baremo de puntuaciones, anexo XIV de la presente convocatoria, en
cada Dirección Provincial se designará una o varias Comisiones de Valoración según el
número de concursantes cuya composición y funcionamiento se ajustará a lo dispuesto
en el artículo 9.3 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre:
a) Para la valoración de los méritos presentados por el personal funcionario del
Cuerpo de Maestros, la Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes
miembros, designados por el Director Provincial correspondiente:
– Un Inspector de Educación con destino en la Inspección Provincial de Educación
correspondiente, que actuará como Presidente.
– Cuatro funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes con destino en la
Dirección Provincial, que actuarán como Vocales.
Actuará como secretario el vocal de menor edad.
b) Para la valoración de los méritos presentados por el personal funcionario del
resto de los cuerpos docentes convocados, la Comisión de Valoración estará integrada
por los siguientes miembros, designados por el Director Provincial correspondiente:

Actuará como secretario el vocal de menor edad.
La composición de estas Comisiones se publicará asimismo en la web de este
Ministerio ya citada en apartados anteriores.
Los miembros de las Comisiones estarán sujetos a las causas de abstención y
recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La asignación de la puntuación que corresponde a los concursantes por los restantes
apartados del baremo de méritos se llevará a efecto por las unidades de personal de la
Dirección Provincial correspondiente. Estas unidades realizarán estas funciones por
delegación de las Comisiones de Valoración, aportando a las mismas las puntuaciones
asignadas.
Decimoséptima. Publicación de las puntuaciones provisionales del baremo de méritos,
de las plantillas provisionales y de la adjudicación provisional de destinos.
Las puntuaciones provisionales asignadas a los concursantes se harán públicas en
las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, así como en la citada web de este

cve: BOE-A-2022-16775
Verificable en https://www.boe.es

– Un Inspector de Educación con destino en la Inspección Provincial de Educación
correspondiente, que actuará como Presidente.
– Cuatro funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes de grupo de
clasificación A1 o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa
con destino en la Dirección Provincial que actuarán como Vocales.