II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado. (BOE-A-2022-16772)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de octubre de 2022
6.
Sec. II.B. Pág. 139762
Solicitudes
6.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
6.2 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, en
aplicación de la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
a) La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– la cumplimentación en línea del modelo oficial de admisión 790;
– la presentación de documentos anexos a la solicitud;
– el pago electrónico de las tasas; y
– el registro electrónico de la solicitud.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando una incidencia técnica imposibilite la presentación
de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione el problema, la
Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos y publicará
en la sede electrónica del órgano convocante tanto la incidencia técnica acontecida
como la ampliación concreta del plazo no vencido.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención o reducción de la tasa, deberá adjuntarse escaneada la
documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta convocatoria, siempre que
no se haya dado al órgano gestor la conformidad para la verificación de datos en la
plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, se pulsará el botón de «Firmar y enviar
inscripción». El proceso de inscripción habrá finalizado correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
Cuando no sea posible realizar la inscripción electrónica desde el extranjero, las
solicitudes podrán presentarse en las representaciones diplomáticas o consulares
españolas. En este caso, se adjuntará el comprobante bancario de haber ingresado los
derechos de examen. El ingreso se efectuará directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182- 2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función
Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para las
solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
cve: BOE-A-2022-16772
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
6.
Sec. II.B. Pág. 139762
Solicitudes
6.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
6.2 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, en
aplicación de la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
a) La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– la cumplimentación en línea del modelo oficial de admisión 790;
– la presentación de documentos anexos a la solicitud;
– el pago electrónico de las tasas; y
– el registro electrónico de la solicitud.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando una incidencia técnica imposibilite la presentación
de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione el problema, la
Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos y publicará
en la sede electrónica del órgano convocante tanto la incidencia técnica acontecida
como la ampliación concreta del plazo no vencido.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención o reducción de la tasa, deberá adjuntarse escaneada la
documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta convocatoria, siempre que
no se haya dado al órgano gestor la conformidad para la verificación de datos en la
plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, se pulsará el botón de «Firmar y enviar
inscripción». El proceso de inscripción habrá finalizado correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
Cuando no sea posible realizar la inscripción electrónica desde el extranjero, las
solicitudes podrán presentarse en las representaciones diplomáticas o consulares
españolas. En este caso, se adjuntará el comprobante bancario de haber ingresado los
derechos de examen. El ingreso se efectuará directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182- 2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función
Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para las
solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
cve: BOE-A-2022-16772
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247