III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Contratación administrativa. (BOE-A-2022-16733)
Resolución 600/38386/2022, de 26 de septiembre, de la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra, por la que se modifica la composición y funciones de la Mesa de Contratación del Ejército de Tierra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Jueves 13 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 139604

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
16733

Resolución 600/38386/2022, de 26 de septiembre, de la Dirección de Asuntos
Económicos del Ejército de Tierra, por la que se modifica la composición y
funciones de la Mesa de Contratación del Ejército de Tierra.

La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre de 2018,
establece en su artículo 326 que, salvo que la competencia para contratar corresponda a
una Junta de Contratación, los órganos de contratación estarán asistidos por una Mesa
de Contratación que será el órgano competente para la valoración de las ofertas en los
procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de
licitación con negociación y de asociación para la innovación. El mismo artículo 326 de la
referida Ley determina la composición y funciones de las Mesas de Contratación.
El Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de desconcentración de facultades
en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el
ámbito del Ministerio de Defensa, indica en su artículo 2 que las competencias que,
como órganos de contratación, corresponden al Ministro y Secretario de Estado respecto
a contratos, acuerdos técnicos y demás negocios jurídicos onerosos referidos en el
artículo 1 del mencionado Real Decreto, quedan desconcentradas, con las reservas y
demás limitaciones consignadas en el referido Real Decreto, en el Director de Asuntos
Económicos del Ejército de Tierra, para los que se financien con los créditos
consignados en el Servicio Presupuestario 12, incluyendo aquellos recursos financieros
que otros servicios presupuestarios puedan poner a su disposición.
Por Resolución 500/38148/2014, de 2 de octubre, de la Dirección de Asuntos
Económicos del Ejército de Tierra, se constituía con carácter permanente, la Mesa de
Contratación, en virtud de las facultades que el Real Decreto 1011/2013, de 20 de
diciembre, de desconcentración de facultades, otorga al Director de Asuntos Económicos
en el ámbito del Ejército de Tierra. Por tanto, atendiendo a las aludidas facultades,
resuelvo:
Primero.

Constitución.

En aplicación de lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público, de 8 de noviembre de 2018, se constituye, con carácter permanente, la
Mesa de Contratación del Ejército de Tierra, la cual asistirá a los órganos de contratación
con facultades desconcentradas y delegadas en el ámbito del Ejército de Tierra. Actuará
con las funciones que se asignen en el mismo artículo 326, así como cuantas
disposiciones de desarrollo se establezcan.
Segundo.

Composición.

1. Presidente: Un General de Brigada/Coronel del Cuerpo de Intendencia destinado
en la Dirección de Asuntos Económicos (DIAE).
2. Vocales:
– Un Oficial del Cuerpo de Intendencia de la Escala de Oficiales destinado en la
DIAE.
– Un representante del órgano de contratación.

cve: BOE-A-2022-16733
Verificable en https://www.boe.es

La Mesa Permanente de Contratación del Ejército de Tierra estará constituida por los
siguientes miembros: