III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-16743)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos, para la divulgación, conservación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad, en el ámbito del río Palancia, mediante acciones de voluntariado y custodia fluvial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 139662

Entre las últimas actividades desarrolladas en el río Palancia, apadrinadas por el
proyecto Libera, hay que mencionar la rehabilitación de suelos fluviales productivos
en 2018-2019, así como la actualización del diagnóstico ambiental participativo mediante
el recorrido de 15 km de río desde el nacimiento 20 años después del realizado en el
año 2000, que contó con la colaboración de la Universidad Politécnica de Valencia en la
formación del voluntariado y en el estudio de campo, e incluyó también el registro y
caracterización de las barreras transversales a la continuidad fluvial en cooperación con
el programa de ciencia ciudadana del Proyecto europeo H2020 AMBER del que la
entidad ha sido socio beneficiario. Estos trabajos han arrojado interesantes conclusiones
y abierto nuevas perspectivas para la protección y la mejora ambiental del río, cuyos
resultados, publicados en el informe actualizado AUR Palancia, han sido presentados
ante la CHJ.
V. Que la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. está llevando a cabo
actuaciones de restauración fluvial en el río Palancia para mejora de la conectividad
longitudinal y transversal, dando así cumplimiento a las medidas del Plan Hidrológico del
Júcar 08M0251 Restauración y mejora de la calidad de la vegetación de ribera en el
medio y bajo Palancia y 08M1011 Mejora de la conectividad longitudinal en el tramo alto
y medio del río Palancia.
Que el Proyecto de Plan Hidrológico del Júcar 2022-2027, en relación con cual se ha
cumplido con el trámite de consulta pública, habiendo sido recientemente remitido al
Comité de Autoridades Competentes y al Consejo del Agua de la Demarcación para su
valoración, propone además la Cabecera del río Palancia como Reserva Natural Fluvial,
dado su elevado grado de naturalidad y sus valores ecológicos e hidromorfológicos,
siendo necesaria la protección y conservación de su estado ecológico.
VI. Que para asegurar la eficacia de las actuaciones de restauración fluvial se
requiere un importante esfuerzo en difusión y divulgación entre la población, con especial
atención a la población ribereña, haciéndoles así conocedores y participes en estas
actuaciones y aportándoles el conocimiento necesario para la comprensión de los
valores eco sistémicos asociados a los ríos.
VII. Que para lograr una mayor eficacia en las actuaciones de ambas entidades y
aprovechar al máximo las posibles sinergias, en particular en las actuaciones de
restauración fluvial del río Palancia, las entidades firmantes manifiestan su interés en
colaborar conjuntamente favoreciendo la conservación del patrimonio natural y la
biodiversidad, en particular del Dominio Público Hidráulico, a través de la articulación del
presente Convenio.
VIII. Que ambas entidades, interesadas en mantener y conservar a largo plazo los
valores ambientales de los ecosistemas fluviales, desean colaborar asimismo en el
seguimiento de las acciones de conservación y mejora que se acometan en el río
Palancia, obteniendo así una valiosa información de cara a planificar nuevas acciones de
restauración del dominio público hidráulico.
IX. Que las actuaciones periódicas que AEMS-Ríos con Vida viene realizando,
principalmente restauración de frezaderos y retirada de residuos sólidos, añadiendo el
mantenimiento de actuaciones de restauración que ejecute la CHJ y plantaciones, por
localizarse en terrenos de Dominio Público Hidráulico, así como las actividades de
difusión y participación asociadas, deben realizarse bajo el control y/o con la
coordinación de la Confederación, como organismo competente en materia de gestión y
administración de este territorio, estando ambas entidades interesadas en la agilización
de los trámites administrativos, sin merma de dichas facultades de control por parte de la
Administración.
X. La CHJ y la AEMS manifiestan coincidencia de intereses, al encontrarse el
objeto del convenio dentro de las funciones, atribuciones y obligaciones de ambos
Organismos.

cve: BOE-A-2022-16743
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Núm. 246