I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas. (BOE-A-2022-16584)
Real Decreto 855/2022, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139060
– Islas de Menorca, Ibiza y Formentera:
Número mínimo de miembros
Mínimo valor producción comercializable
Diez.
125.000 €»
Disposición transitoria única. Adaptación de las organizaciones de productores.
Los cambios introducidos en el presente real decreto en relación con el número
mínimo de miembros y de valor de la producción comercializable de las organizaciones
de productores establecido en el anexo IV deberán alcanzarse por parte de las
organizaciones de productores antes del 1 de enero de 2027.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 11 de octubre de 2022.
FELIPE R.
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
cve: BOE-A-2022-16584
Verificable en https://www.boe.es
LUIS PLANAS PUCHADES
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139060
– Islas de Menorca, Ibiza y Formentera:
Número mínimo de miembros
Mínimo valor producción comercializable
Diez.
125.000 €»
Disposición transitoria única. Adaptación de las organizaciones de productores.
Los cambios introducidos en el presente real decreto en relación con el número
mínimo de miembros y de valor de la producción comercializable de las organizaciones
de productores establecido en el anexo IV deberán alcanzarse por parte de las
organizaciones de productores antes del 1 de enero de 2027.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 11 de octubre de 2022.
FELIPE R.
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
cve: BOE-A-2022-16584
Verificable en https://www.boe.es
LUIS PLANAS PUCHADES
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X