I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-16582)
Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139045
cve: BOE-A-2022-16582
Verificable en https://www.boe.es
términos recogidos en el artículo 54 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que
incluirá aquellas materias que hayan experimentado una evolución sustancial en el
ámbito policial. A tal efecto se tendrá en cuenta el curso de actualización profesional
correspondiente a cada categoría.
2. El curso está destinado a los funcionarios y funcionarias de la Policía Nacional
que soliciten el reingreso desde situaciones administrativas que no conlleven reserva de
puesto de trabajo, habiendo transcurrido tres o más de años desde su pase a la situación
administrativa desde la que solicita el reingreso.
3. El Centro de Actualización y Especialización gestionará la programación del
curso y adoptará las decisiones que garanticen su aprovechamiento.
4. No se tendrá por realizado el curso cuando la persona interesada incumpla los
criterios y directrices impartidos para su desarrollo, imposibilitando el reingreso a la
situación de servicio activo en tanto no se realice.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139045
cve: BOE-A-2022-16582
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términos recogidos en el artículo 54 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que
incluirá aquellas materias que hayan experimentado una evolución sustancial en el
ámbito policial. A tal efecto se tendrá en cuenta el curso de actualización profesional
correspondiente a cada categoría.
2. El curso está destinado a los funcionarios y funcionarias de la Policía Nacional
que soliciten el reingreso desde situaciones administrativas que no conlleven reserva de
puesto de trabajo, habiendo transcurrido tres o más de años desde su pase a la situación
administrativa desde la que solicita el reingreso.
3. El Centro de Actualización y Especialización gestionará la programación del
curso y adoptará las decisiones que garanticen su aprovechamiento.
4. No se tendrá por realizado el curso cuando la persona interesada incumpla los
criterios y directrices impartidos para su desarrollo, imposibilitando el reingreso a la
situación de servicio activo en tanto no se realice.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X