I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-16582)
Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139025
Capítulo VI. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
Artículo 34. Procesos selectivos de ingreso y promoción interna. Aspectos
generales.
Artículo 35. Fases de oposición y de pruebas de aptitud previas a los cursos de
formación para ingreso y promoción interna.
Artículo 36. Fase del curso académico.
Artículo 37. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
Artículo 38. Cursos de actualización, especialización y de altos estudios policiales.
Medidas de participación y desarrollo de los cursos.
Capítulo VII.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Artículo 47.
Formación en la Policía Nacional.
Sistema educativo policial.
Formación de ingreso y capacitación profesional específica.
Formación permanente.
Especialización.
Altos estudios profesionales.
Planes de estudios.
Centros docentes.
Régimen del alumnado de los centros docentes.
Curso de actualización para el reingreso al servicio activo.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
Este reglamento tiene como objeto regular los procesos selectivos de ingreso,
acceso y promoción interna de la Policía Nacional, así como la formación en sus distintas
modalidades.
Artículo 2.
1.
Ámbito de aplicación.
Este reglamento será de aplicación a:
a) Los procesos selectivos de ingreso y ascenso, por promoción interna, a las
escalas y categorías en las que se estructura la Policía Nacional.
b) Los procesos selectivos para el acceso a las plazas de personal facultativo y
técnico que sean necesarias para la cobertura y apoyo de la función policial.
c) Las modalidades de formación establecidas en el artículo 29.2 de la Ley
Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Artículo 3.
Principios rectores de los procesos selectivos.
1. Los procesos selectivos en la Policía Nacional se llevarán a cabo conforme a los
principios de igualdad, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad, mediante la
superación sucesiva por las personas aspirantes de las fases que integren el proceso de
selección.
cve: BOE-A-2022-16582
Verificable en https://www.boe.es
2. Conforme al artículo 3.1 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, en lo no
previsto en este reglamento y en las disposiciones que lo desarrollen será de aplicación
supletoria la legislación de los funcionarios civiles de la Administración General
del Estado.
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139025
Capítulo VI. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
Artículo 34. Procesos selectivos de ingreso y promoción interna. Aspectos
generales.
Artículo 35. Fases de oposición y de pruebas de aptitud previas a los cursos de
formación para ingreso y promoción interna.
Artículo 36. Fase del curso académico.
Artículo 37. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
Artículo 38. Cursos de actualización, especialización y de altos estudios policiales.
Medidas de participación y desarrollo de los cursos.
Capítulo VII.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Artículo 47.
Formación en la Policía Nacional.
Sistema educativo policial.
Formación de ingreso y capacitación profesional específica.
Formación permanente.
Especialización.
Altos estudios profesionales.
Planes de estudios.
Centros docentes.
Régimen del alumnado de los centros docentes.
Curso de actualización para el reingreso al servicio activo.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
Este reglamento tiene como objeto regular los procesos selectivos de ingreso,
acceso y promoción interna de la Policía Nacional, así como la formación en sus distintas
modalidades.
Artículo 2.
1.
Ámbito de aplicación.
Este reglamento será de aplicación a:
a) Los procesos selectivos de ingreso y ascenso, por promoción interna, a las
escalas y categorías en las que se estructura la Policía Nacional.
b) Los procesos selectivos para el acceso a las plazas de personal facultativo y
técnico que sean necesarias para la cobertura y apoyo de la función policial.
c) Las modalidades de formación establecidas en el artículo 29.2 de la Ley
Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Artículo 3.
Principios rectores de los procesos selectivos.
1. Los procesos selectivos en la Policía Nacional se llevarán a cabo conforme a los
principios de igualdad, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad, mediante la
superación sucesiva por las personas aspirantes de las fases que integren el proceso de
selección.
cve: BOE-A-2022-16582
Verificable en https://www.boe.es
2. Conforme al artículo 3.1 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, en lo no
previsto en este reglamento y en las disposiciones que lo desarrollen será de aplicación
supletoria la legislación de los funcionarios civiles de la Administración General
del Estado.