III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-16504)
Resolución de 3 de octubre de 2022, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con Cantera Base 1939 Canarias, SAD, para la difusión de la astronomía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138691
Tercera.
Obligaciones del IAC. El IAC, en relación con el desarrollo de las actividades a llevar
a cabo por CBC, entre las especificadas en la cláusula Segunda, se compromete a:
1. Cesión de imágenes astronómicas específicas que podrán ser utilizadas con fines
promocionales por parte de CBC en el desarrollo de sus actividades y, en especial, en
equipamiento, merchandising y comunicaciones al público a través de los canales
habituales.
2. Asesoramiento científico y técnico para la correcta interpretación de las
imágenes, guiones o relatos, y eventos específicos que pudieran llevarse a cabo.
3. Disponibilidad por parte del IAC para coordinar con CBC la realización conjunta
de actividades.
4. Autorizar, bajo los principios habituales de acceso por parte de medios de
comunicación y terceras entidades, la realización de grabaciones y sesiones fotográficas
en los Observatorios y Sedes del IAC, siempre bajo los fines de esta colaboración, y bajo
la supervisión del IAC, quien deberá autorizar el resultado final producido.
5. Apoyo y asesoramiento profesional para la obtención de imágenes astronómicas
específicas desde los Observatorios de Canarias, para las actividades de esta
colaboración por parte de CBC.
6. Apoyo y asesoramiento para la organización de exposiciones astronómicas en el
marco de las actividades impulsadas por el CBC, en especial durante el desarrollo de
sus partidos en el Pabellón Insular de Tenerife Santiago Martín.
7. Realización de observaciones previas a algún partido (del Sol o de Luna), desde
los Observatorios de Canarias, y difusión del resultado o desarrollo de las mismas.
8. Preparación de talleres científicos, como parte de las actividades habituales del
IAC, pero específicamente orientados a esta colaboración.
9. Acceso de miembros del CBC al Observatorio del Teide, bajo el procedimiento de
visitas al mismo.
10. Gestión y organización de visitas al OT para ganadores de concursos
realizados específicamente por CBC, siempre con conformidad previa por parte del IAC.
11. Elaboración y publicación de notas de prensa en la web del IAC y en sus redes
sociales, en relación con esta colaboración y sus actividades.
Cuarta.
1. Reconocer al IAC como Institución Colaboradora del CBC durante la vigencia de
este convenio.
2. Cesión al IAC del uso de la imagen del CBC, y la de sus jugadores profesionales,
para la realización de actividades en el marco del convenio suscrito por ambas partes.
3. Disponibilidad por parte del CBC para coordinar con el IAC la realización
conjunta de actividades.
4. En particular, llevar a cabo actividades durante las temporadas de partidos para
las que el convenio se encuentre en vigor, en las que se difundan las imágenes
astronómicas cedidas por el IAC, y reconocer en esas actividades esta colaboración.
Estas actividades incluirán diseño y producción de merchandising y equipamiento con
textos e imágenes astronómicas, actividades de difusión, exposiciones durante las
actividades deportivas, eventos específicos, etc.
Quinta.
Obligaciones económicas de las partes.
Conforme se especifica en la cláusula segunda, las partes que suscriben el presente
convenio llevarán a cabo actividades que le son propias, en el ámbito de sus fines y
cve: BOE-A-2022-16504
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones del CBC. CBC, en relación con esta colaboración, y en especial con el
desarrollo de las actividades a llevar a cabo por el IAC, entre las especificadas en la
cláusula segunda, se compromete a:
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138691
Tercera.
Obligaciones del IAC. El IAC, en relación con el desarrollo de las actividades a llevar
a cabo por CBC, entre las especificadas en la cláusula Segunda, se compromete a:
1. Cesión de imágenes astronómicas específicas que podrán ser utilizadas con fines
promocionales por parte de CBC en el desarrollo de sus actividades y, en especial, en
equipamiento, merchandising y comunicaciones al público a través de los canales
habituales.
2. Asesoramiento científico y técnico para la correcta interpretación de las
imágenes, guiones o relatos, y eventos específicos que pudieran llevarse a cabo.
3. Disponibilidad por parte del IAC para coordinar con CBC la realización conjunta
de actividades.
4. Autorizar, bajo los principios habituales de acceso por parte de medios de
comunicación y terceras entidades, la realización de grabaciones y sesiones fotográficas
en los Observatorios y Sedes del IAC, siempre bajo los fines de esta colaboración, y bajo
la supervisión del IAC, quien deberá autorizar el resultado final producido.
5. Apoyo y asesoramiento profesional para la obtención de imágenes astronómicas
específicas desde los Observatorios de Canarias, para las actividades de esta
colaboración por parte de CBC.
6. Apoyo y asesoramiento para la organización de exposiciones astronómicas en el
marco de las actividades impulsadas por el CBC, en especial durante el desarrollo de
sus partidos en el Pabellón Insular de Tenerife Santiago Martín.
7. Realización de observaciones previas a algún partido (del Sol o de Luna), desde
los Observatorios de Canarias, y difusión del resultado o desarrollo de las mismas.
8. Preparación de talleres científicos, como parte de las actividades habituales del
IAC, pero específicamente orientados a esta colaboración.
9. Acceso de miembros del CBC al Observatorio del Teide, bajo el procedimiento de
visitas al mismo.
10. Gestión y organización de visitas al OT para ganadores de concursos
realizados específicamente por CBC, siempre con conformidad previa por parte del IAC.
11. Elaboración y publicación de notas de prensa en la web del IAC y en sus redes
sociales, en relación con esta colaboración y sus actividades.
Cuarta.
1. Reconocer al IAC como Institución Colaboradora del CBC durante la vigencia de
este convenio.
2. Cesión al IAC del uso de la imagen del CBC, y la de sus jugadores profesionales,
para la realización de actividades en el marco del convenio suscrito por ambas partes.
3. Disponibilidad por parte del CBC para coordinar con el IAC la realización
conjunta de actividades.
4. En particular, llevar a cabo actividades durante las temporadas de partidos para
las que el convenio se encuentre en vigor, en las que se difundan las imágenes
astronómicas cedidas por el IAC, y reconocer en esas actividades esta colaboración.
Estas actividades incluirán diseño y producción de merchandising y equipamiento con
textos e imágenes astronómicas, actividades de difusión, exposiciones durante las
actividades deportivas, eventos específicos, etc.
Quinta.
Obligaciones económicas de las partes.
Conforme se especifica en la cláusula segunda, las partes que suscriben el presente
convenio llevarán a cabo actividades que le son propias, en el ámbito de sus fines y
cve: BOE-A-2022-16504
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones del CBC. CBC, en relación con esta colaboración, y en especial con el
desarrollo de las actividades a llevar a cabo por el IAC, entre las especificadas en la
cláusula segunda, se compromete a: