III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-16499)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con American Friends of the Prado Museum, para la realización del proyecto Meet the Prado/conversaciones en el Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Lunes 10 de octubre de 2022
Novena.

Sec. III. Pág. 138668

Modificación del Convenio.

El Convenio podrá ser modificado por voluntad expresa de las Partes durante su
vigencia, previo acuerdo por escrito de ambas Partes, que seguirá los mismos trámites
de autorización y publicidad que los establecidos para el Convenio original.
Décima.

Vigencia.

El presente Convenio tiene una duración inicial de un (1) año, y tendrá efectos a
partir de que, una vez firmado, se inscriba en el plazo de cinco (5) días desde su
formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en
el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Museo Nacional del Prado se compromete a informar al colaborador de estos hechos
tan pronto ocurran.
No obstante lo anterior, en cualquier momento antes de la finalización del plazo
previsto, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente y por escrito su
prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales siguiendo al efecto los
requisitos de autorización previa exigido en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima.

Notificaciones.

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse por las Partes en relación con el
presente Convenio, deberán realizarse por escrito y será dirigida por cualquier medio
admitido en derecho que permita tener constancia de su fecha, de su recepción y de su
contenido, considerándose entregadas tres días después del envío siempre que el
remitente tenga en su poder el acuse de envío. A estos efectos:
– El domicilio de AF, a la atención de la Directora Ejecutiva, cuyo correo electrónico
es info@afpradomuseum.org.
– El domicilio del Museo Nacional del Prado, en Madrid, calle Ruiz de Alarcón 23,
código postal 28014, a la atención del jefe de Programación y Proyección Internacional del
Museo Nacional del Prado, cuyo correo electrónico es internacional@museodelprado.es.
Duodécima.

Jurisdicción competente.

Las posibles cuestiones que pudieran plantearse sobre la interpretación, desarrollo,
resolución y efectos de la aplicación del presente Convenio deberán solventarse en el
seno de la Comisión de Seguimiento. En el supuesto de no llegar a un acuerdo, las
cuestiones de litigio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid.
Legislación aplicable.

El presente Convenio se rige por el Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas Partes declaran que el presente Convenio tiene la naturaleza de los previstos
en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las
Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y que, en
ningún caso, debe considerarse que persigue los fines de los contratos de patrocinio
publicitario recogidos en el artículo 24 de la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General
de Publicidad.

cve: BOE-A-2022-16499
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.