III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-16427)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto para el Crecimiento Sostenible de la Empresa, SL, para la organización de seminarios presenciales y webinarios virtuales sobre sostenibilidad e internacionalización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Sábado 8 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137997
– Inaugurar, moderar y concluir cada uno de los seminarios/webinarios de manera
coordinada en función del programa de cada uno de ellos.
2.2 A su vez, se definen también obligaciones que corresponden individualmente
cada una de las Partes.
2.2.1
En este sentido, ICEX asume las siguientes obligaciones:
– Definir los programas finales (contenidos y ponentes) de cada uno de los
seminarios/webinarios.
– Elaborar y gestionar la documentación contractual que, en su caso, sea necesaria
con los ponentes de seminarios/webinarios.
– Elaborar la documentación informativa, de comunicación e invitación a los
asistentes a los seminarios/webinarios.
– Seleccionar empresas a las que se invitará a asistir a los seminarios/webinarios y
proceder a su invitación.
– Utilizar sus herramientas tecnológicas para la celebración de cada uno de los
seminarios/webinarios del ciclo.
2.2.2
ICSEM, por su parte, asume las siguientes obligaciones:
– Colaborar con ICEX en la definición de contenidos y ponentes de cada uno de los
seminarios/webinarios.
– Aportar conocimientos técnicos y emitir recomendaciones sobre los temas a tratar
en los seminarios/webinarios.
Tercera. Compromisos económicos.
Del presente Convenio no se derivan obligaciones ni compromisos económicos para
ninguna de las Partes.
Cuarta.
Propiedad intelectual.
Los ponentes tendrán la plena titularidad sobre cualquier derecho de propiedad
intelectual que pueda recaer sobre aquella documentación o materiales elaborados por
ellos mismos para impartir el seminario/webinario en el que participen. En el caso de
que ICEX quiera hacer uso de los materiales de los ponentes para su inclusión en la/s
obra/s a, deberá suscribirse con cada uno de ellos el acuerdo de cesión de derechos de
propiedad intelectual al que se refiere el apartado siguiente.
Quinta.
Visibilidad de las Partes.
Las Partes se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos signos distintivos
exclusivamente en el marco de las acciones de difusión y publicidad de los trabajos
resultantes del objeto del presente Convenio que puedan tener lugar, en las que deberá
dejarse constancia de la relación de colaboración existente entre ambas partes.
Para el seguimiento, evaluación, interpretación y resolución de controversias que
pudieran aparecer de la ejecución del presente Convenio, se constituirá una Comisión de
seguimiento integrada por, al menos, dos (2) representantes de ICEX y otros dos (2)
representantes de ICSEM. Todos tienen derecho a voz y voto.
Por parte de ICSEM, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la Dirección; y
– Un técnico de proyectos.
cve: BOE-A-2022-16427
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Comisión de seguimiento.
Núm. 242
Sábado 8 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137997
– Inaugurar, moderar y concluir cada uno de los seminarios/webinarios de manera
coordinada en función del programa de cada uno de ellos.
2.2 A su vez, se definen también obligaciones que corresponden individualmente
cada una de las Partes.
2.2.1
En este sentido, ICEX asume las siguientes obligaciones:
– Definir los programas finales (contenidos y ponentes) de cada uno de los
seminarios/webinarios.
– Elaborar y gestionar la documentación contractual que, en su caso, sea necesaria
con los ponentes de seminarios/webinarios.
– Elaborar la documentación informativa, de comunicación e invitación a los
asistentes a los seminarios/webinarios.
– Seleccionar empresas a las que se invitará a asistir a los seminarios/webinarios y
proceder a su invitación.
– Utilizar sus herramientas tecnológicas para la celebración de cada uno de los
seminarios/webinarios del ciclo.
2.2.2
ICSEM, por su parte, asume las siguientes obligaciones:
– Colaborar con ICEX en la definición de contenidos y ponentes de cada uno de los
seminarios/webinarios.
– Aportar conocimientos técnicos y emitir recomendaciones sobre los temas a tratar
en los seminarios/webinarios.
Tercera. Compromisos económicos.
Del presente Convenio no se derivan obligaciones ni compromisos económicos para
ninguna de las Partes.
Cuarta.
Propiedad intelectual.
Los ponentes tendrán la plena titularidad sobre cualquier derecho de propiedad
intelectual que pueda recaer sobre aquella documentación o materiales elaborados por
ellos mismos para impartir el seminario/webinario en el que participen. En el caso de
que ICEX quiera hacer uso de los materiales de los ponentes para su inclusión en la/s
obra/s a, deberá suscribirse con cada uno de ellos el acuerdo de cesión de derechos de
propiedad intelectual al que se refiere el apartado siguiente.
Quinta.
Visibilidad de las Partes.
Las Partes se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos signos distintivos
exclusivamente en el marco de las acciones de difusión y publicidad de los trabajos
resultantes del objeto del presente Convenio que puedan tener lugar, en las que deberá
dejarse constancia de la relación de colaboración existente entre ambas partes.
Para el seguimiento, evaluación, interpretación y resolución de controversias que
pudieran aparecer de la ejecución del presente Convenio, se constituirá una Comisión de
seguimiento integrada por, al menos, dos (2) representantes de ICEX y otros dos (2)
representantes de ICSEM. Todos tienen derecho a voz y voto.
Por parte de ICSEM, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la Dirección; y
– Un técnico de proyectos.
cve: BOE-A-2022-16427
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Comisión de seguimiento.