V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. (BOE-B-2022-30580)
Resolución de la dirección general de Desarrollo Rural por la que se corrigen varios errores materiales advertidos en el pliego de condiciones publicado junto la Resolución de la dirección general de Desarrollo Rural por la que se continúa con el procedimiento de tramitación de la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) "Chistorra de Navarra" / "Nafarroako Txistorra" / "Txistorra de Navarra".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 47305
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
30580
Resolución de la dirección general de Desarrollo Rural por la que se
corrige n varios e rrore s mate riale s adve rtidos e n e l plie go de
condiciones publicado junto la Resolución de la dirección general de
De sarrollo Rural por la que se continúa con e l proce dimie nto de
tramitación de la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica
Prote gida (IGP) "Chistorra de Navarra" / "Nafarroako Txistorra" /
"Txistorra de Navarra".
Con fecha 6 de agosto de 2022, se publicó en el BOE la Resolución de la
dirección general de Desarrollo Rural, por la que se continuaba con el
procedimiento de tramitación de la solicitud de inscripción de la Indicación
Geográfica Protegida "Chistorra de Navarra"/"Nafarroako Txistorra"/"Txistorra de
Navarra", y se dio inicio al plazo de dos meses para que cualquier persona física o
jurídica que esté establecida o resida legamente en España, cuyos legítimos
derechos o intereses, considere afectados, pudiera oponerse, mediante la
correspondiente declaración motivada, dirigida a la dirección general de Desarrollo
Rural del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de
Navarra.
Con fecha 28 de agosto de 2022 y número de registro 2022/1043292, se
presentó una instancia solicitando la corrección del pliego de condiciones
presentado junto con la solicitud de inscripción del nombre "Chistorra de Navarra"/
"Nafarroako Txistorra"/"Txistorra de Navarra", en el Registro de denominaciones de
origen e indicaciones geográficas protegidas de la Unión Europea, al haberse
detectado errores materiales en el apartado e) método de obtención, del citado
pliego de condiciones.
Advertidos los errores materiales en el punto e) método de obtención, del
pliego de condiciones publicado junto la citada Resolución, en el "Boletín Oficial del
Estado" número 188, de 6 de agosto de 2022, se procede a efectuar en el pliego
de condiciones las oportunas correcciones en el punto e) método de obtención de
tal forma que:
Donde dice: "carne y tocino de cerdo", debe decir: "carne y tocino o grasa de
cerdo".
Donde dice: "envoltura de colágeno comestible", debe decir: "envoltura de
colágeno transparente comestible".
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me
confiere la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y el Decreto
Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que aprueba la estructura orgánica del
departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
RESUELVO:
1. Corregir los errores materiales detectados en el punto e) método de
cve: BOE-B-2022-30580
Verificable en https://www.boe.es
Donde dice: "b) Opcionales: - Aditivos (tanto añadido como en los
ingredientes):", debe decir: "b) Opcionales: Además, se podrán añadir los
siguientes productos: - Aditivos:".
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 47305
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COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
30580
Resolución de la dirección general de Desarrollo Rural por la que se
corrige n varios e rrore s mate riale s adve rtidos e n e l plie go de
condiciones publicado junto la Resolución de la dirección general de
De sarrollo Rural por la que se continúa con e l proce dimie nto de
tramitación de la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica
Prote gida (IGP) "Chistorra de Navarra" / "Nafarroako Txistorra" /
"Txistorra de Navarra".
Con fecha 6 de agosto de 2022, se publicó en el BOE la Resolución de la
dirección general de Desarrollo Rural, por la que se continuaba con el
procedimiento de tramitación de la solicitud de inscripción de la Indicación
Geográfica Protegida "Chistorra de Navarra"/"Nafarroako Txistorra"/"Txistorra de
Navarra", y se dio inicio al plazo de dos meses para que cualquier persona física o
jurídica que esté establecida o resida legamente en España, cuyos legítimos
derechos o intereses, considere afectados, pudiera oponerse, mediante la
correspondiente declaración motivada, dirigida a la dirección general de Desarrollo
Rural del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de
Navarra.
Con fecha 28 de agosto de 2022 y número de registro 2022/1043292, se
presentó una instancia solicitando la corrección del pliego de condiciones
presentado junto con la solicitud de inscripción del nombre "Chistorra de Navarra"/
"Nafarroako Txistorra"/"Txistorra de Navarra", en el Registro de denominaciones de
origen e indicaciones geográficas protegidas de la Unión Europea, al haberse
detectado errores materiales en el apartado e) método de obtención, del citado
pliego de condiciones.
Advertidos los errores materiales en el punto e) método de obtención, del
pliego de condiciones publicado junto la citada Resolución, en el "Boletín Oficial del
Estado" número 188, de 6 de agosto de 2022, se procede a efectuar en el pliego
de condiciones las oportunas correcciones en el punto e) método de obtención de
tal forma que:
Donde dice: "carne y tocino de cerdo", debe decir: "carne y tocino o grasa de
cerdo".
Donde dice: "envoltura de colágeno comestible", debe decir: "envoltura de
colágeno transparente comestible".
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me
confiere la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y el Decreto
Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que aprueba la estructura orgánica del
departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
RESUELVO:
1. Corregir los errores materiales detectados en el punto e) método de
cve: BOE-B-2022-30580
Verificable en https://www.boe.es
Donde dice: "b) Opcionales: - Aditivos (tanto añadido como en los
ingredientes):", debe decir: "b) Opcionales: Además, se podrán añadir los
siguientes productos: - Aditivos:".