I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Educación. (BOE-A-2022-16339)
Decreto-ley 8/2022, de 16 de agosto, de medidas urgentes para garantizar la gratuidad de la educación de los niños matriculados del tercer nivel de educación infantil en los centros de la red pública de escuelas infantiles y de su red complementaria a partir del mes de septiembre de 2022, y para la creación de un fondo extraordinario para compensar una parte de los descuentos del transporte interurbano a partir del 1 de septiembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
<< 13 << Página 13
Página 14 Pág. 14
-
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Viernes 7 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 137317

4. Se añade un nuevo apartado, el apartado 6 a la disposición adicional segunda
del Decreto 30/2020 mencionado, con la redacción siguiente:
«6. Los centros que conforman la red complementaria a la red pública de
escuelas infantiles de las Illes Balears pueden establecer convenios específicos
con la Consejería de Educación y Formación Profesional que tengan por objeto
regular la gratuidad de los cursos de primer ciclo de educación infantil.»
Disposición final segunda. Modificación de la Resolución del consejero de Educación y
Formación Profesional de 13 de mayo de 2022 por la cual se convocan ayudas de
escolarización para alumnos escolarizados en centros de primer ciclo de educación
infantil privados autorizados de las Illes Balears durante el curso 2022-2023 y para
alumnos escolarizados en centros privados de primer ciclo de educación infantil
privados sin convenio con la Consejería de Educación y Formación Profesional
durante los cursos 2019-2020, 2020-2021 y 2021-2022.
El apartado 1 de la base segunda del anexo 1 de la Resolución del consejero de
Educación y Formación Profesional de 13 de mayo de 2022 por la cual se convocan
ayudas de escolarización para alumnos escolarizados en centros de primer ciclo de
educación infantil privados autorizados de las Illes Balears durante el curso 2022-2023 y
para alumnos escolarizados en centros privados de primer ciclo de educación infantil
privados sin convenio con la Consejería de Educación y Formación Profesional durante
los cursos 2019-2020, 2020-2021 y 2021-2022 (BOIB núm. 66, de 21 de mayo), queda
modificado de la manera siguiente:
«1. Los beneficiarios son alumnos de primero y segundo curso escolarizados
el curso 2022-2023 en centros de primer ciclo de educación infantil privados
autorizados.»
Disposición final tercera.

Deslegalización.

1. El Consejo de Gobierno, mediante decreto, puede modificar el contenido de la
disposición final primera.
2. El Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, puede actualizar los importes de los
módulos establecidos en los artículos 2 y 3.
3. El consejero de Educación y Formación Profesional, mediante resolución, puede
modificar el contenido de la disposición final segunda.
Disposición final cuarta.

Entrada en vigor.

Este Decreto Ley entrará en vigor el mismo día de la publicación en el «Boletín
Oficial de las Illes Balears» y producirá efectos a partir del día 1 de septiembre de 2022.

(Publicado en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 109, de 18 de agosto de 2022. Convalidado por
Resolución del Parlamento de las Illes Balears, publicada en el «Boletín Oficial de las Illes Balears»
número 123, de 20 de septiembre de 2022)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-16339
Verificable en https://www.boe.es

Palma, 16 de agosto de 2022.–El Consejero de Educación y Formación Profesional,
Martí X. March i Cerdà.–El Consejero de Movilidad y Vivienda, Josep Marí i Ribas.–La
Presidenta (por suplencia de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1/2019, de 31 de enero,
del Gobierno de las Illes Balears), Mercedes Garrido Rodríguez.