III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-16316)
Resolución 420/38379/2022, de 27 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Renfe Mercancías, S.M.E., SA, y Renfe Viajeros, S.M.E., SA, para el transporte de mercancías y personal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
1.4
Sec. III. Pág. 137138
Obtención de títulos de transporte de personal.
1.4.1
De forma presencial:
Para la obtención de los billetes, será preceptivo que el viajero presente su
correspondiente Tarjeta de Identidad Militar (T.I.M) en vigor, pudiendo exigirse por
RENFE, la exhibición del documento nacional de identidad (D.N.I).
La Tarjeta de Identidad Militar podrá ser sustituida temporalmente por el certificado
único acreditativo del derecho a bonificación correspondiente (cuyo modelo está
contenido en el Apéndice C-1), donde deberá figurar que su situación es de «Servicio
Activo», «Alumno Activo», «Reserva Destinado», «Reserva en Comisión de Servicio»,
«Segunda Reserva», «Tropa en Formación», o «Reservista Voluntario» (activado).
1.4.2
Por Internet:
Los militares con derecho a bonificación con cargo al MINISDEF podrán adquirir los
billetes para viajes por cuenta propia a través de la página Web de RENFE
(www.renfe.com) para lo cual deberán identificarse como personal militar con derecho a
bonificación siguiendo el sistema establecido en dicho sitio.
1.4.3
Por RENFE Ticket:
Los militares con derecho a bonificación con cargo al MINISDEF, podrán adquirir los
billetes para sus viajes por cuenta propia a través de la APP Renfe Ticket para móviles.
Para ello previamente deberán darse de alta en RENFE para la compra por Internet
como se especifica en el punto 1.4.2. Los militares que quieran hacer uso de esta
aplicación deberán descargar la aplicación en su móvil.
2.
Control por parte de RENFE.
Sin perjuicio de los requisitos establecidos para la obtención del título de viaje, la
presentación de la Tarjeta de Identidad Militar en vigor o el certificado único acreditativo
(Apéndice C-1.2), que se mencionan en este anexo, pueden ser requeridos por el
personal autorizado de RENFE durante la ejecución del servicio a los debidos efectos de
control.
3.
3.1
Relaciones económico-administrativas.
Canales de comunicación:
Para los abonos correspondientes y para resolver los asuntos de carácter
económico-administrativo se establecen los siguientes interlocutores:
– MINISDEF:
• Órgano Central de Defensa:
○ Facturación: Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, de la
Subsecretaría del MINISDEF.
○ Facturación: Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.
• Armada:
○ Facturación: Dirección de Asuntos Económicos de la Armada.
cve: BOE-A-2022-16316
Verificable en https://www.boe.es
• Ejército de Tierra:
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
1.4
Sec. III. Pág. 137138
Obtención de títulos de transporte de personal.
1.4.1
De forma presencial:
Para la obtención de los billetes, será preceptivo que el viajero presente su
correspondiente Tarjeta de Identidad Militar (T.I.M) en vigor, pudiendo exigirse por
RENFE, la exhibición del documento nacional de identidad (D.N.I).
La Tarjeta de Identidad Militar podrá ser sustituida temporalmente por el certificado
único acreditativo del derecho a bonificación correspondiente (cuyo modelo está
contenido en el Apéndice C-1), donde deberá figurar que su situación es de «Servicio
Activo», «Alumno Activo», «Reserva Destinado», «Reserva en Comisión de Servicio»,
«Segunda Reserva», «Tropa en Formación», o «Reservista Voluntario» (activado).
1.4.2
Por Internet:
Los militares con derecho a bonificación con cargo al MINISDEF podrán adquirir los
billetes para viajes por cuenta propia a través de la página Web de RENFE
(www.renfe.com) para lo cual deberán identificarse como personal militar con derecho a
bonificación siguiendo el sistema establecido en dicho sitio.
1.4.3
Por RENFE Ticket:
Los militares con derecho a bonificación con cargo al MINISDEF, podrán adquirir los
billetes para sus viajes por cuenta propia a través de la APP Renfe Ticket para móviles.
Para ello previamente deberán darse de alta en RENFE para la compra por Internet
como se especifica en el punto 1.4.2. Los militares que quieran hacer uso de esta
aplicación deberán descargar la aplicación en su móvil.
2.
Control por parte de RENFE.
Sin perjuicio de los requisitos establecidos para la obtención del título de viaje, la
presentación de la Tarjeta de Identidad Militar en vigor o el certificado único acreditativo
(Apéndice C-1.2), que se mencionan en este anexo, pueden ser requeridos por el
personal autorizado de RENFE durante la ejecución del servicio a los debidos efectos de
control.
3.
3.1
Relaciones económico-administrativas.
Canales de comunicación:
Para los abonos correspondientes y para resolver los asuntos de carácter
económico-administrativo se establecen los siguientes interlocutores:
– MINISDEF:
• Órgano Central de Defensa:
○ Facturación: Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, de la
Subsecretaría del MINISDEF.
○ Facturación: Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.
• Armada:
○ Facturación: Dirección de Asuntos Económicos de la Armada.
cve: BOE-A-2022-16316
Verificable en https://www.boe.es
• Ejército de Tierra: