III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-16316)
Resolución 420/38379/2022, de 27 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Renfe Mercancías, S.M.E., SA, y Renfe Viajeros, S.M.E., SA, para el transporte de mercancías y personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Jueves 6 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 137137

En el caso que el personal militar profesional pueda además acogerse al descuento
por Familia Numerosa, esta bonificación se realizará sobre el porcentaje del 35% del
precio del billete una vez aplicada, en su caso, la tarifa comercial elegida.
No se aplicarán estas bonificaciones a los títulos de transporte que permitan su
empleo por personas distintas de los beneficiarios contemplados en el primer párrafo del
punto 1.1.1.
RENFE tendrá, a todos los efectos, con el personal militar usuario de los servicios
regulares de viajeros, la misma consideración que el resto de viajeros.
1.1.2

Clases de acomodación.

El viajero que haga uso de este derecho abonará la diferencia entre el precio total del
billete y la bonificación que le corresponda; si opta por una clase superior a la clase
Turista, abonará la diferencia entre el precio total del billete y la bonificación máxima a la
que tenga derecho.
El Apéndice C-1 recoge los modelos de Tarjetas de Identidad Militar válidas a los
efectos del presente convenio.
1.2
1.2.1

Bonificaciones.
Bonificaciones sobre la facturación:

Para incentivar la utilización del ferrocarril, RENFE aplicará la bonificación del 2% fijo
sobre el 65% que abona el MINISDEF (deducido IVA).
Por la adquisición de billetes para viajes por Cuenta Propia a través del canal de
venta por Internet (www.renfe.com), en caso de alcanzar los siguientes porcentajes
sobre el total de las compras anual, que permitan esta vía de adquisición:
Cuota

Porcentaje

1.2.2

Bonificación

Euros

> 70-80

50.000

> 80-90

100.000

> 90

150.000

Bonificaciones personales con cargo a RENFE:

RENFE se compromete con el MINISDEF a facilitar al colectivo del personal militar,
previa solicitud individual para viajes por cuenta propia las Tarjetas de Fidelización que
RENFE tenga a disposición de sus clientes en cada momento.
Estas tarjetas tendrán las mismas condiciones generales que para el resto de
clientes de RENFE Viajeros de los respectivos programas de fidelización.
Las mejoras de las bonificaciones personales con cargo a RENFE se negociarán en
el seno de la Comisión Mixta.
Penalizaciones e indemnizaciones.

RENFE indemnizará a los viajeros, por incidencias (retrasos, averías, etc.) en la
misma forma y cuantía establecidas para los demás viajeros en función del precio
abonado y según las Condiciones Generales de Transportes con Viajeros establecidas
en cada momento.

cve: BOE-A-2022-16316
Verificable en https://www.boe.es

1.3