III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-16331)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de las Illes Balears, para la regulación del Instituto Mediterráneo de Estudios Avanzados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Jueves 6 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 137267

VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Instituto.
VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Instituto, así como las
normas sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.
2. El presente convenio se desarrollará en sus aspectos organizativos y de
funcionamiento operativo mediante un Reglamento de Régimen Interno (en adelante, RRI)
del Instituto, que se aprobará por las instituciones cotitulares, sin perjuicio de la capacidad
de la Comisión Rectora para proponerles su modificación –siempre que no se altere el
contenido del Convenio– y para la aprobación de normas internas específicas de
desarrollo del funcionamiento del Instituto en aquellos aspectos que sea necesario y/o se
prevea expresamente en este convenio.
CAPÍTULO I
Misión, naturaleza y funciones
Segunda.

Misión y objetivos generales del Instituto.

1. El IMEDEA tiene la finalidad de llevar a cabo, en un marco de colaboración,
actividades de investigación, formación, transferencia y divulgación en el ámbito de
sistemas naturales marinos, costeros e insulares y las alteraciones naturales o
antropogénicas que puedan suponer un impacto en la sociedad, promoviendo un
enfoque multidisciplinar y promoviendo un enfoque interdisciplinar.
2. En cumplimiento de su misión, el IMEDEA tendrá los siguientes objetivos
generales:
a) Contribuir al avance de la investigación y el desarrollo tecnológico en el análisis
de los sistemas naturales costeros, marinos e insulares y analizar las causas,
mecanismos e impactos naturales y antropogénicos que los amenazan, apoyando la
prevención y mitigación de estos impactos y a su conocimiento internacional.
b) Contribuir al progreso y aumento de la competitividad del sector productivo
mediante la difusión nacional e internacional del conocimiento generado y la
transferencia de sus resultados, mejorando las condiciones de vida de la sociedad y
dando respuesta a los retos que se le planteen.
c) Promover la cultura científica difundiendo sus actividades a la sociedad.
d) Promover la conexión e interacción entre la investigación y la docencia
universitaria.
Naturaleza y régimen jurídico del Instituto.

1. El IMEDEA se constituye como una estructura mixta de investigación de
titularidad compartida entre las partes firmantes, sin personalidad jurídica propia y con
autonomía de gestión, conformada por los medios humanos, materiales y económicos
que aporta cada una de ellas, que se ponen en común en el marco de una misma
estructura organizativa y bajo una misma dirección científica para la consecución de
unos objetivos compartidos.
2. El IMEDEA tiene la consideración a todos los efectos de instituto mixto del CSIC
como Organismo Público de Investigación de la Administración General del Estado
(OPI), de conformidad con su normativa reguladora de institutos, y de Instituto
Universitario de Investigación Mixto de la UIB, de conformidad con la normativa
universitaria de aplicación.
Asimismo, el IMEDEA forma parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI), como agente de ejecución de conformidad con la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y de agente del Sistema de ciencia,
tecnología e innovación de las Illes Balears de conformidad con el Plan de Ciencia,
Tecnología e Innovación de las Islas Baleares 2018-2022.
3. El IMEDEA se constituye como una estructura de investigación sin ánimo de lucro.

cve: BOE-A-2022-16331
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.