II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. (BOE-A-2022-16297)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137032
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la
Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la
Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de personas
candidatas con todas las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio
de la fase de oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada
uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal
funcionario interino de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de
Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se pueda
realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles, salvo
para aquellas personas que manifiesten expresamente su deseo de no participar en
dicha lista.
6.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
6.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará
público en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
7.
Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial
de admisión 790, al que se accederá con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de
acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en la Orden
APA/76/2020, de 20 de enero (BOE de 30 de enero), por la que se establece la
obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a
los cuerpos y escalas de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya
selección corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
cve: BOE-A-2022-16297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137032
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la
Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la
Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de personas
candidatas con todas las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio
de la fase de oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada
uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal
funcionario interino de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de
Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se pueda
realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles, salvo
para aquellas personas que manifiesten expresamente su deseo de no participar en
dicha lista.
6.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
6.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará
público en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
7.
Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial
de admisión 790, al que se accederá con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de
acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en la Orden
APA/76/2020, de 20 de enero (BOE de 30 de enero), por la que se establece la
obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a
los cuerpos y escalas de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya
selección corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
cve: BOE-A-2022-16297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240