II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. (BOE-A-2022-16297)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137031
Las personas interesadas solo podrán participar por uno de los programas
específicos previstos en esta base. Si en alguno de los programas específicos no se
cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en alguno de los
otros programas específicos convocados, según determine este Ministerio de acuerdo
con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
La fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses y el primer
ejercicio se celebrará en un plazo máximo de 3 meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el
plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al
artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
El tribunal calificador publicará un cronograma orientativo con las fechas previstas
para la realización de los ejercicios del proceso selectivo.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este
curso selectivo, quienes hayan superado la fase de oposición, serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3.
Programa
El temario que ha de regir el proceso selectivo, para cada programa específico, es el
que figura como anexo II de esta convocatoria.
4.
Titulación
Se requerirá estar en posesión del título universitario de Grado o los actualmente
vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o en
condiciones de obtenerlo, antes de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito
de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.
Otros requisitos
Las personas aspirantes que opten por el programa específico de Inspección de
Pesca deberán estar, además, en posesión del permiso de conducir vehículos de la
clase B.
6. Elaboración de lista de personas candidatas
6.1 Conforme a lo previsto en el artículo 3.21 del Real Decreto 407/2022, de 24
mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2022 y de
acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el
acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el
artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
cve: BOE-A-2022-16297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137031
Las personas interesadas solo podrán participar por uno de los programas
específicos previstos en esta base. Si en alguno de los programas específicos no se
cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en alguno de los
otros programas específicos convocados, según determine este Ministerio de acuerdo
con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
La fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses y el primer
ejercicio se celebrará en un plazo máximo de 3 meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el
plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al
artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
El tribunal calificador publicará un cronograma orientativo con las fechas previstas
para la realización de los ejercicios del proceso selectivo.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este
curso selectivo, quienes hayan superado la fase de oposición, serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3.
Programa
El temario que ha de regir el proceso selectivo, para cada programa específico, es el
que figura como anexo II de esta convocatoria.
4.
Titulación
Se requerirá estar en posesión del título universitario de Grado o los actualmente
vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o en
condiciones de obtenerlo, antes de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito
de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.
Otros requisitos
Las personas aspirantes que opten por el programa específico de Inspección de
Pesca deberán estar, además, en posesión del permiso de conducir vehículos de la
clase B.
6. Elaboración de lista de personas candidatas
6.1 Conforme a lo previsto en el artículo 3.21 del Real Decreto 407/2022, de 24
mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2022 y de
acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el
acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el
artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
cve: BOE-A-2022-16297
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Núm. 240