III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Graduados Sociales. (BOE-A-2022-16325)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca prueba de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Graduado Social en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137198
conocimiento preciso del derecho positivo español, cual es el caso de las profesiones
que figuran en su anexo VI, entre las que se encuentra la profesión de Graduado social,
Graduado social diplomado o Diplomado en Relaciones laborales.
Por su parte, la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, por la que se regula el
reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad
de graduado social, que se dicta en aplicación de lo establecido en la disposición final
cuarta del mencionado Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, contiene el
procedimiento de reconocimiento de la cualificación profesional a todos los ciudadanos
de la Unión Europea que ejerzan dicha actividad en un Estado miembro, con arreglo a su
legislación interna, o que se encuentren en posesión de un título o diploma oficial
habilitante para el mencionado ejercicio profesional, distinguiendo el procedimiento de
reconocimiento de los títulos habilitantes, por un lado, y la realización de la prueba de
aptitud, por otro.
En concreto, el artículo 9 de la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, establece que,
una vez reconocidos los títulos habilitantes para el ejercicio profesional en el país de
origen, se precisará la superación de una prueba de aptitud, que se regirá, en lo no
previsto en la propia Orden, por el artículo 23 del citado Real Decreto 581/2017, de 9 de
junio, y por la resolución de la convocatoria. Por su parte, el artículo 10 de la antedicha
Orden establece que la convocatoria de la prueba de aptitud se realizará por resolución
de la Subsecretaria de Trabajo y Economía Social y regula su desarrollo y contenidos.
En consecuencia, en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el
artículo 10 de la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, resuelvo:
Primero. Convocatoria.
Se convoca prueba de aptitud para el acceso en España al ejercicio de la actividad
profesional de Graduado Social por parte de ciudadanos de los Estados miembros de la
Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo.
Segundo.
Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros
Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, requisito que se
deberá mantener hasta la finalización de la prueba.
2. Estar en posesión del documento oficial que acredite el ejercicio de la profesión
de Graduado Social obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio
Económico Europeo, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Orden
PRE/1733/2012, de 27 de julio.
1. A las solicitudes de participación en la prueba compensatoria y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio.
2. Quienes deseen participar en esta prueba compensatoria dispondrán de un plazo
de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
3. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
4. La solicitud de participación en la prueba compensatoria se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
cve: BOE-A-2022-16325
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Solicitudes y derechos de examen.
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137198
conocimiento preciso del derecho positivo español, cual es el caso de las profesiones
que figuran en su anexo VI, entre las que se encuentra la profesión de Graduado social,
Graduado social diplomado o Diplomado en Relaciones laborales.
Por su parte, la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, por la que se regula el
reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad
de graduado social, que se dicta en aplicación de lo establecido en la disposición final
cuarta del mencionado Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, contiene el
procedimiento de reconocimiento de la cualificación profesional a todos los ciudadanos
de la Unión Europea que ejerzan dicha actividad en un Estado miembro, con arreglo a su
legislación interna, o que se encuentren en posesión de un título o diploma oficial
habilitante para el mencionado ejercicio profesional, distinguiendo el procedimiento de
reconocimiento de los títulos habilitantes, por un lado, y la realización de la prueba de
aptitud, por otro.
En concreto, el artículo 9 de la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, establece que,
una vez reconocidos los títulos habilitantes para el ejercicio profesional en el país de
origen, se precisará la superación de una prueba de aptitud, que se regirá, en lo no
previsto en la propia Orden, por el artículo 23 del citado Real Decreto 581/2017, de 9 de
junio, y por la resolución de la convocatoria. Por su parte, el artículo 10 de la antedicha
Orden establece que la convocatoria de la prueba de aptitud se realizará por resolución
de la Subsecretaria de Trabajo y Economía Social y regula su desarrollo y contenidos.
En consecuencia, en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el
artículo 10 de la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, resuelvo:
Primero. Convocatoria.
Se convoca prueba de aptitud para el acceso en España al ejercicio de la actividad
profesional de Graduado Social por parte de ciudadanos de los Estados miembros de la
Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo.
Segundo.
Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros
Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, requisito que se
deberá mantener hasta la finalización de la prueba.
2. Estar en posesión del documento oficial que acredite el ejercicio de la profesión
de Graduado Social obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio
Económico Europeo, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Orden
PRE/1733/2012, de 27 de julio.
1. A las solicitudes de participación en la prueba compensatoria y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio.
2. Quienes deseen participar en esta prueba compensatoria dispondrán de un plazo
de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
3. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
4. La solicitud de participación en la prueba compensatoria se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
cve: BOE-A-2022-16325
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Solicitudes y derechos de examen.