III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-16326)
Orden TER/950/2022, de 4 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 137219

3.º La convocatoria y la resolución de los concursos para la provisión de puestos de
trabajo, con arreglo a las bases previamente aprobadas, así como la determinación de
los miembros de las correspondientes Comisiones de Valoración.
4.º La convocatoria y resolución de pruebas selectivas para la contratación de
personal laboral temporal y fuera de Convenio.
5.º La convocatoria y resolución de concursos de traslados de personal laboral.
6.º La convocatoria de ayudas y cursos en desarrollo de los programas de acción
social y formación y su resolución.
7.º La designación de representantes de la Administración en comisiones
negociadoras y en los ámbitos propios de relación con centrales sindicales
representativas del personal.
8.º Cualquier competencia atribuida a la persona titular de la Subsecretaría de
Política Territorial por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, que no esté atribuida a
otros órganos del Departamento en el ámbito de los servicios territoriales integrados en
las Delegaciones del Gobierno.
9.º El ejercicio de la potestad disciplinaria del personal que presta servicio en el
ámbito de los servicios territoriales integrados en las Delegaciones de Gobierno.
10.º Los actos relativos a las modalidades no presenciales de trabajo en relación
con el personal funcionario, eventual y laboral de los servicios territoriales integrados en
las Delegaciones del Gobierno, atribuidos por el ordenamiento jurídico a la Subsecretaría
de Política Territorial, salvo los previstos en el apartado vigésimo tercero d).2.º, vi).
b) La resolución de aprobación y la difusión de las cartas de servicios, así como sus
posteriores actualizaciones, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 951/2005, de 29
de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado.
c) La certificación, en los contratos de servicios, de la insuficiencia, falta de
adecuación o conveniencia de no ampliación de los medios personales y materiales con
que cuenta la Administración para cubrir las necesidades que se trata de satisfacer a
través de los mencionados contratos.
Vigésimo segundo. Delegación de competencias en la persona titular de la
Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración General del
Estado en el Territorio.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Subsecretaría de Política
Territorial en la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos de la
Administración General del Estado en el Territorio de las siguientes competencias en
materia de personal funcionario y laboral de los servicios territoriales integrados en las
Delegaciones del Gobierno:
a) La adopción del acuerdo sobre las comisiones de servicio para el desempeño de
puestos y las atribuciones temporales de funciones en las Delegaciones del Gobierno,
respecto del personal funcionario.
b) El reconocimiento de la adquisición y cambio de grado personal del personal
funcionario.
c) La adjudicación y cese de las personas titulares de puestos de personal
funcionario adjudicados por concurso.
d) La ejecución de los acuerdos de nombramiento en puestos de trabajo y ceses en
el Ministerio, derivados de convocatorias de provisión de puestos de trabajo por el
sistema de libre designación.
e) La provisión de puestos vacantes de personal laboral.
f) La concesión de excedencias voluntarias por interés particular del personal
funcionario y laboral.
g) La concesión del reingreso al servicio activo desde cualquier situación que
conlleve reserva de puesto de trabajo del personal funcionario y laboral.

cve: BOE-A-2022-16326
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Núm. 240