I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Instituto Nacional de Estadística. Estatuto. (BOE-A-2022-16198)
Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Miércoles 5 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 136452

i) Las estadísticas sobre otros campos de interés social referidos a la población y
los hogares.
j) Las estadísticas sobre la actividad económica de la población y el mercado de
trabajo.
k) Las estadísticas coyunturales y estructurales referentes a costes laborales y
estructura y distribución salarial.
l) Las estadísticas sobre actividades de aprendizaje de la población adulta y de
transición entre el sistema educativo y el mundo laboral.
m) La investigación y promoción del uso de los registros administrativos y de
nuevas fuentes de datos referidas a personas y hogares, en colaboración con la
Dirección General de Planificación Estadística y Procesos, así como la coordinación de
las innovaciones necesarias para mejorar de forma continua la eficiencia y calidad de las
estadísticas sobre la población.
n) La participación en la interlocución y en la coordinación a escala nacional y ante
las instituciones europeas de las diferentes estadísticas de la población.
2. De la Dirección General de Estadísticas de la Población, que ejercerá
directamente las funciones previstas en los párrafos m) y n) del apartado anterior,
dependen las siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de Estadísticas Demográficas, que ejercerá las funciones
detalladas en los párrafos a), b), c), d) y e) del apartado anterior.
b) Subdirección General de Estadísticas Sociales, que ejercerá las funciones
detalladas en los párrafos f), g), h), i) del apartado anterior.
c) Subdirección General de Estadísticas del Mercado Laboral, que ejercerá las
funciones detalladas en los párrafos j), k), l) del apartado anterior.
Artículo 9.

Dirección General de Estadísticas Económicas.

a) La adaptación y mantenimiento de directorios y marcos estadísticos con sus
diferentes unidades, así como su explotación estadística.
b) Las estadísticas estructurales de las empresas y las estadísticas e indicadores
de globalización económica.
c) Las estadísticas e indicadores de ciencia y tecnología, investigación y desarrollo
e innovación.
d) Las estadísticas de turismo residente y no residente así como la Cuenta Satélite
del Turismo.
e) Las estadísticas agrarias.
f) Las estadísticas del medio ambiente y las cuentas satélite relativas a este ámbito,
así como los indicadores relacionados con la economía verde y la sostenibilidad
ambiental.
g) Las estadísticas e indicadores coyunturales de actividad de las empresas.
h) Las estadísticas de precios, tanto de consumo como de los distintos sectores
económicos.
i) Las estadísticas de paridades de poder adquisitivo.
j) Las estadísticas financieras y de sociedades mercantiles.
k) La coordinación de las estadísticas de finanzas públicas con la Intervención
General de la Administración del Estado y el Banco de España, en los términos previstos
por la legislación nacional y europea.
l) La investigación y promoción del uso de los registros administrativos y nuevas
fuentes de datos con fines estadísticos referidas a sectores económicos, en colaboración
con la Dirección General de Planificación Estadística y Procesos, así como la

cve: BOE-A-2022-16198
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1. Corresponden a la Dirección General de Estadísticas Económicas la promoción,
ejecución y análisis de las estadísticas coyunturales y estructurales de los distintos
sectores económicos y, en concreto las siguientes funciones: