I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Instituto Nacional de Estadística. Estatuto. (BOE-A-2022-16198)
Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Miércoles 5 de octubre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto
del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística.

Desde la creación de la Comisión de la Estadística del Reino en 1856, que marca el
origen de un organismo formalmente configurado para la elaboración de estadísticas
oficiales en España, han sido distintos entes los que han ido sucediéndose con el mismo
fin hasta la publicación de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística
Pública, donde se aborda de manera integral la regulación de la función estadística
pública y el régimen jurídico de aplicación, en especial en lo relativo a la recogida de
datos, su tratamiento, conservación y difusión de los resultados por los servicios
estadísticos. Asimismo, se configura el Instituto Nacional de Estadística como organismo
autónomo de carácter administrativo, acorde con la regulación normativa vigente
entonces respecto de las entidades estatales autónomas.
Posteriormente, mediante la aprobación del Real Decreto 139/1997, de 31 de enero,
de Estructura Orgánica del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística, se
procedió a delimitar y definir las funciones de sus órganos superiores, centros directivos
dependientes de la Presidencia y las unidades territoriales.
Dicha norma reglamentaria fue derogada por el Real Decreto 508/2001, de 11 de
mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Estadística, habiéndose
introducido desde entonces varias modificaciones en dicho reglamento para adaptar el
funcionamiento y la estructura del organismo al contexto normativo, social y económico.
En este sentido, durante los últimos años, ante la irrupción de fenómenos como la
digitalización o la globalización, la sociedad española está experimentando un profundo
proceso de transformación que está teniendo un impacto muy importante sobre muchos
ámbitos de nuestra realidad cotidiana. Ello requiere que la estadística se actualice a las
nuevas demandas de información de los usuarios, tanto en lo que respecta a aquellas
estadísticas que proporcionen indicadores e información de calidad sobre los nuevos
fenómenos, como en relación con la mejora de algunas de las características de las
estadísticas oficiales existentes, como son su oportunidad, su frecuencia o su
granularidad.
Asimismo, como consecuencia de la digitalización están apareciendo nuevas formas
de información, de comunicación y de almacenamiento de datos, así como se están
mejorando los registros administrativos, que suponen una gran oportunidad para la
estadística oficial. Para afrontar este reto es preciso llevar a cabo una modernización
casi total del proceso productivo estadístico, para lo cual se requiere: El desarrollo de
nuevos productos, la introducción de un nuevo tipo de estadísticas denominadas
experimentales, la renovación de sus estructuras tecnológicas y de comunicaciones, la
integración de fuentes heterogéneas de información reutilizables para diferentes
operaciones estadísticas, y el impulso de la colaboración con el mundo científico y
académico.
La actualización del marco productivo estadístico es común a todos los países de
nuestro entorno y, en definitiva, al Sistema Estadístico Europeo, en el que trabaja el
Instituto Nacional de Estadística.
La reciente pandemia ha acrecentado la necesidad de utilizar y establecer nuevos
procedimientos aplicables a todas las fases de elaboración de las estadísticas para
proporcionar información que sea relevante, con mayor frecuencia y oportunidad,
especialmente en relación con fenómenos sociales relevantes.

cve: BOE-A-2022-16198
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