I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-16191)
Real Decreto 798/2022, de 4 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 136346
d) La supervisión del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigibles
para la instalación y explotación de redes públicas y prestación de servicios de
comunicaciones electrónicas.
e) La tramitación de los asuntos relacionados con los derechos de los
operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas a la ocupación
del dominio público y de la propiedad privada y a su uso compartido, a ser
beneficiarios en el procedimiento de expropiación forzosa y al establecimiento a su
favor de servidumbres y limitaciones a la propiedad.
f) Las relativas al acceso a las redes y recursos asociados y a su
interconexión, así como en lo referente a la interoperabilidad de los servicios de
comunicaciones electrónicas que correspondan a la Secretaría de Estado.
g) Las que corresponden a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales relacionadas con la regulación ex ante de los mercados
de referencia y operadores con poder significativo en el mercado, y con la
separación funcional.
h) Las relacionadas con la numeración, direccionamiento y denominación, en
particular, la propuesta de planes nacionales de numeración, llevar a cabo la
atribución de los derechos de uso de los recursos públicos regulados en dichos
planes y ejercer las demás competencias que le atribuye el capítulo VII del título II
de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, así como las
actuaciones contra el tráfico no permitido y el tráfico irregular con fines
fraudulentos en redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
i) Las relacionadas con las obligaciones de servicio público y las restantes
obligaciones de carácter público, en particular, el servicio universal de
telecomunicaciones.
j) Las relativas a la seguridad e integridad de las redes y servicios de
comunicaciones electrónicas, en particular, la propuesta y supervisión de medidas
técnicas y organizativas a los proveedores de las mismas y a los operadores de
los servicios esenciales en el ámbito de las infraestructuras digitales,
contempladas en los términos indicados en el artículo 63 de la Ley 11/2022, de 28
de junio.
k) Las relacionadas con la colaboración entre las administraciones públicas
que afecten al despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas,
previstas en la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, y en
su normativa de desarrollo.
l) Las relacionadas con las condiciones técnicas que deben cumplir las redes
e infraestructuras de comunicaciones electrónicas tanto en exteriores como las
infraestructuras comunes de telecomunicaciones y redes de comunicaciones en
los edificios; con el acceso a las infraestructuras susceptibles de alojar redes
públicas de comunicaciones electrónicas, así como las relacionadas con las
condiciones que deben cumplir las instalaciones y los instaladores de
telecomunicaciones, y su supervisión, incluyendo la gestión del Registro de
empresas instaladoras de telecomunicación.
m) La definición, gestión y seguimiento de programas y actuaciones para
promover la extensión, el desarrollo y la cobertura de las infraestructuras digitales
para impulsar la vertebración territorial en particular los relativos a la Estrategia
Nacional de Redes Ultrarrápidas, incluyendo la elaboración de estudios
geográficos sobre el alcance y extensión de las redes de banda ancha, del informe
de cobertura y los programas para promover la extensión y adopción de la banda
ancha, así como la coordinación de diferentes programas de extensión de redes
de banda ancha, y con las iniciativas de la Unión Europea y otros programas
internacionales en estas materias.
n) La propuesta de planificación del uso del dominio público radioeléctrico,
incluyendo la elaboración de propuestas del Cuadro nacional de atribución de
cve: BOE-A-2022-16191
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 136346
d) La supervisión del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigibles
para la instalación y explotación de redes públicas y prestación de servicios de
comunicaciones electrónicas.
e) La tramitación de los asuntos relacionados con los derechos de los
operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas a la ocupación
del dominio público y de la propiedad privada y a su uso compartido, a ser
beneficiarios en el procedimiento de expropiación forzosa y al establecimiento a su
favor de servidumbres y limitaciones a la propiedad.
f) Las relativas al acceso a las redes y recursos asociados y a su
interconexión, así como en lo referente a la interoperabilidad de los servicios de
comunicaciones electrónicas que correspondan a la Secretaría de Estado.
g) Las que corresponden a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales relacionadas con la regulación ex ante de los mercados
de referencia y operadores con poder significativo en el mercado, y con la
separación funcional.
h) Las relacionadas con la numeración, direccionamiento y denominación, en
particular, la propuesta de planes nacionales de numeración, llevar a cabo la
atribución de los derechos de uso de los recursos públicos regulados en dichos
planes y ejercer las demás competencias que le atribuye el capítulo VII del título II
de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, así como las
actuaciones contra el tráfico no permitido y el tráfico irregular con fines
fraudulentos en redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
i) Las relacionadas con las obligaciones de servicio público y las restantes
obligaciones de carácter público, en particular, el servicio universal de
telecomunicaciones.
j) Las relativas a la seguridad e integridad de las redes y servicios de
comunicaciones electrónicas, en particular, la propuesta y supervisión de medidas
técnicas y organizativas a los proveedores de las mismas y a los operadores de
los servicios esenciales en el ámbito de las infraestructuras digitales,
contempladas en los términos indicados en el artículo 63 de la Ley 11/2022, de 28
de junio.
k) Las relacionadas con la colaboración entre las administraciones públicas
que afecten al despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas,
previstas en la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, y en
su normativa de desarrollo.
l) Las relacionadas con las condiciones técnicas que deben cumplir las redes
e infraestructuras de comunicaciones electrónicas tanto en exteriores como las
infraestructuras comunes de telecomunicaciones y redes de comunicaciones en
los edificios; con el acceso a las infraestructuras susceptibles de alojar redes
públicas de comunicaciones electrónicas, así como las relacionadas con las
condiciones que deben cumplir las instalaciones y los instaladores de
telecomunicaciones, y su supervisión, incluyendo la gestión del Registro de
empresas instaladoras de telecomunicación.
m) La definición, gestión y seguimiento de programas y actuaciones para
promover la extensión, el desarrollo y la cobertura de las infraestructuras digitales
para impulsar la vertebración territorial en particular los relativos a la Estrategia
Nacional de Redes Ultrarrápidas, incluyendo la elaboración de estudios
geográficos sobre el alcance y extensión de las redes de banda ancha, del informe
de cobertura y los programas para promover la extensión y adopción de la banda
ancha, así como la coordinación de diferentes programas de extensión de redes
de banda ancha, y con las iniciativas de la Unión Europea y otros programas
internacionales en estas materias.
n) La propuesta de planificación del uso del dominio público radioeléctrico,
incluyendo la elaboración de propuestas del Cuadro nacional de atribución de
cve: BOE-A-2022-16191
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239