III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Sector público. Sedes. (BOE-A-2022-16270)
Orden TER/947/2022, de 4 de octubre, por la que se publica el informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede de la futura Agencia Espacial Española y acuerdo de apertura del plazo de presentación de candidaturas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136937
c) Características de la localidad. Se valorará positivamente que la localidad
cuente con:
– Una amplia red de acceso a medios de transporte público, tanto aéreo, tren,
especialmente trenes de alta velocidad, y por carretera.
– Distancia menor de una hora desde la sede a un aeropuerto internacional con
conexiones a Bruselas y París. Se valorarán también positivamente las conexiones a
Ámsterdam, Roma y Frankfurt, Praga y Toulouse.
Estas localidades se han elegido por constituir los destinos internacionales que con
más frecuencia se visitarán con motivo de los viajes de trabajo del personal de la
Agencia.
– La existencia de un entorno hotelero, a distancia próxima a la sede, que permita el
alojamiento de las visitas institucionales y de trabajo.
– Sector empresarial, administrativo, educativo y universitario dinámico, ya sea en la
propia localidad de la sede o, como máximo, a una hora de su localización, que permita
la integración social y desarrollo familiar y personal del personal desplazado desde su
posición actual a la de la nueva sede.
– Empresas con establecimiento operativo en la localidad que desarrollan actividad
en el ámbito del sector espacial.
– Empresas con alta capacidad de innovación que desarrollen líneas de actividad
que pudieran incorporarse a los procesos y desarrollos de un programa espacial.
– Iniciativas de las principales instituciones públicas de la localidad para impulsar el
desarrollo de un ecosistema de empresas en el sector espacial.
– Grupos de investigación en áreas de interés que puedan suponer un apoyo a
iniciativas innovadoras como: comunicación cuántica, cargas útiles espaciales de
observación y comunicación, nuevos diseños y componentes para estructuras
espaciales, posicionamiento y aeronavegabilidad, comunicaciones seguras espaciales,
lanzadores y nuevos materiales.
– Grupos de investigación y redes público-privadas para el impulso de proyectos
relacionados con cualquiera de los ámbitos de interés de la Agencia.
d) Propuestas de las entidades que postulen una candidatura. La entidad que
postule su candidatura podrá ofrecer cualquiera de los compromisos indicados en el
artículo 6.5 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, así como cualquier otro que
considere pertinente para facilitar la ubicación de la Agencia en la localidad
correspondiente. Se valorará de manera destacada la puesta a disposición de un
inmueble y del equipamiento adecuados en los términos indicados en los apartados
anteriores. El cumplimiento de los compromisos se regirá por lo dispuesto en el artículo 7
de dicho real decreto.
Se valorará positivamente que la candidatura ofrezca la siguiente documentación:
– La presentación de un análisis proyectivo del impacto económico, social, industrial,
así como las sinergias generadas con los ecosistemas de emprendimiento, innovación e
investigación en el ámbito espacial, que tendría la selección de su localidad como sede
de la futura Agencia.
– La presentación de un análisis del mercado inmobiliario de alquiler y para
adquisición en un radio de 20 km de la sede de la Agencia que de manera efectiva
permita la movilidad de los empleados destinados a la Agencia.
Se valorará positivamente que la entidad que postule la sede de la Agencia ponga a
disposición:
– Las infraestructuras y su sostenimiento, el equipamiento apropiado y cualquier otro
apoyo o facilidad para albergar las actividades que se desarrollarán. Como sede
institucional de la Agencia, dichas infraestructuras y equipamiento deberán permitir la
adaptación de espacios de trabajo del equipo técnico, así como espacios polivalentes
para la realización de actividades diversas.
cve: BOE-A-2022-16270
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136937
c) Características de la localidad. Se valorará positivamente que la localidad
cuente con:
– Una amplia red de acceso a medios de transporte público, tanto aéreo, tren,
especialmente trenes de alta velocidad, y por carretera.
– Distancia menor de una hora desde la sede a un aeropuerto internacional con
conexiones a Bruselas y París. Se valorarán también positivamente las conexiones a
Ámsterdam, Roma y Frankfurt, Praga y Toulouse.
Estas localidades se han elegido por constituir los destinos internacionales que con
más frecuencia se visitarán con motivo de los viajes de trabajo del personal de la
Agencia.
– La existencia de un entorno hotelero, a distancia próxima a la sede, que permita el
alojamiento de las visitas institucionales y de trabajo.
– Sector empresarial, administrativo, educativo y universitario dinámico, ya sea en la
propia localidad de la sede o, como máximo, a una hora de su localización, que permita
la integración social y desarrollo familiar y personal del personal desplazado desde su
posición actual a la de la nueva sede.
– Empresas con establecimiento operativo en la localidad que desarrollan actividad
en el ámbito del sector espacial.
– Empresas con alta capacidad de innovación que desarrollen líneas de actividad
que pudieran incorporarse a los procesos y desarrollos de un programa espacial.
– Iniciativas de las principales instituciones públicas de la localidad para impulsar el
desarrollo de un ecosistema de empresas en el sector espacial.
– Grupos de investigación en áreas de interés que puedan suponer un apoyo a
iniciativas innovadoras como: comunicación cuántica, cargas útiles espaciales de
observación y comunicación, nuevos diseños y componentes para estructuras
espaciales, posicionamiento y aeronavegabilidad, comunicaciones seguras espaciales,
lanzadores y nuevos materiales.
– Grupos de investigación y redes público-privadas para el impulso de proyectos
relacionados con cualquiera de los ámbitos de interés de la Agencia.
d) Propuestas de las entidades que postulen una candidatura. La entidad que
postule su candidatura podrá ofrecer cualquiera de los compromisos indicados en el
artículo 6.5 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, así como cualquier otro que
considere pertinente para facilitar la ubicación de la Agencia en la localidad
correspondiente. Se valorará de manera destacada la puesta a disposición de un
inmueble y del equipamiento adecuados en los términos indicados en los apartados
anteriores. El cumplimiento de los compromisos se regirá por lo dispuesto en el artículo 7
de dicho real decreto.
Se valorará positivamente que la candidatura ofrezca la siguiente documentación:
– La presentación de un análisis proyectivo del impacto económico, social, industrial,
así como las sinergias generadas con los ecosistemas de emprendimiento, innovación e
investigación en el ámbito espacial, que tendría la selección de su localidad como sede
de la futura Agencia.
– La presentación de un análisis del mercado inmobiliario de alquiler y para
adquisición en un radio de 20 km de la sede de la Agencia que de manera efectiva
permita la movilidad de los empleados destinados a la Agencia.
Se valorará positivamente que la entidad que postule la sede de la Agencia ponga a
disposición:
– Las infraestructuras y su sostenimiento, el equipamiento apropiado y cualquier otro
apoyo o facilidad para albergar las actividades que se desarrollarán. Como sede
institucional de la Agencia, dichas infraestructuras y equipamiento deberán permitir la
adaptación de espacios de trabajo del equipo técnico, así como espacios polivalentes
para la realización de actividades diversas.
cve: BOE-A-2022-16270
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239