III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-16164)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Ford España, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Martes 4 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 136124

la empresa no les hubiese facilitado la posibilidad de otorgar la representación por
conducto notarial, la persona trabajadora reclamante quedará en libertad de acudir a
dicho acto.
A la persona trabajadora que ostente la representación a que se refiere este artículo
no se le descontarán las horas que utilice en el desempeño de dicha representación,
previa justificación del uso de las mismas y con independencia del resultado final de la
reclamación.
TÍTULO XI
Del derecho de reunión
Artículo 132.

Asambleas de Personas trabajadoras.

1. La plantilla de Ford España, SL tiene derecho a reunirse en Asamblea en los
términos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores y que son los reseñados en el
presente título.
2. La asamblea podrá ser convocada por el comité de empresa o por un número de
personas trabajadoras no inferior al 33% de la plantilla. La asamblea será presidida, en
todo caso, por el comité de empresa que será responsable del normal desarrollo de la
misma, así como de la presencia en la asamblea de personas no pertenecientes a la
empresa.
Sólo podrán tratarse en ella asuntos que figuren incluidos en el orden del día. La
presidencia comunicará a la empresa la convocatoria y los nombres de las personas no
pertenecientes a la empresa que vayan a asistir a la asamblea, y acordará con ésta las
medidas oportunas para evitar perjuicios en la actividad normal de la empresa.
3. Dado que Ford España, SL tiene establecido un sistema de trabajo a turnos, no
puede reunirse simultáneamente toda la plantilla en una sola asamblea sin perjuicio ni
alteración en el normal desarrollo de la producción, en consecuencia, la asamblea se
celebrará en diversas reuniones parciales que se considerarán como una sola y
fechadas en el día de la primera, salvo pacto en contrario.
Artículo 133.

Lugar de Reunión.

1. El lugar de reunión será el centro de trabajo, salvo que circunstancias
excepcionales lo impidan, y la asamblea tendrá lugar fuera de las horas de trabajo, salvo
acuerdo con la dirección de la empresa.
2. Ford España, SL, facilitará el centro de trabajo para la celebración de la
asamblea, salvo en los siguientes casos:

Artículo 134.

Convocatoria.

La convocatoria, con expresión del orden del día propuesto por las personas
convocantes, se comunicará a la dirección de la empresa con cuarenta y ocho horas de
antelación como mínimo, la que acusará recibo de la misma.

cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es

a) Si existen circunstancias excepcionales que lo aconsejen.
b) Si no se cumplen las disposiciones del presente título.
c) Si hubiesen transcurrido menos de dos meses desde la última reunión celebrada.
Esta salvedad no será de aplicación en las asambleas informativas sobre convenios
colectivos.
d) Si aún no se hubiese resarcido o afianzado el resarcimiento por asamblea
anterior.