III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-16100)
Resolución 420/38376/2022, de 22 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Atlántica Española, para la realización de actividades de investigación, difusión y debate sobre seguridad y defensa, durante el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 135443
en sucesivas transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe la
Asociación Atlántica Española.
La Asociación Atlántica Española se obliga a aportar para el desarrollo del objeto de
este Convenio, una cantidad global estimada de tres mil euros (3.000 €).
Las aportaciones financieras que se comprometan a realizar las partes, no podrán
ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden ministerial n.º 144/1998 de 18 de junio por la que
se establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito
del Ministerio de Defensa
Cuarta. Procedimiento de justificación del gasto.
La Asociación Atlántica Española remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del
gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de cada actividad.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
– Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación).
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio.
En cualquier caso, las justificaciones del gasto deberán tener entrada en la
Secretaría General de Política de Defensa antes del 15 de noviembre del 2022.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la citada
Ley 39/2015.
– Memoria económica:
En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
Ministerio de Defensa.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por la Asociación Atlántica
Española.
Asimismo, tras finalizar las citadas actividades, la Asociación Atlántica Española
remitirá a la Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad
donde se incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de
las actividades realizadas.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de
Defensa [http://sede.defensa.gob.es/acceda], no siendo válido ningún trámite realizado a
cve: BOE-A-2022-16100
Verificable en https://www.boe.es
– Memoria de la actividad:
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 135443
en sucesivas transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe la
Asociación Atlántica Española.
La Asociación Atlántica Española se obliga a aportar para el desarrollo del objeto de
este Convenio, una cantidad global estimada de tres mil euros (3.000 €).
Las aportaciones financieras que se comprometan a realizar las partes, no podrán
ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden ministerial n.º 144/1998 de 18 de junio por la que
se establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito
del Ministerio de Defensa
Cuarta. Procedimiento de justificación del gasto.
La Asociación Atlántica Española remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del
gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de cada actividad.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
– Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación).
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio.
En cualquier caso, las justificaciones del gasto deberán tener entrada en la
Secretaría General de Política de Defensa antes del 15 de noviembre del 2022.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la citada
Ley 39/2015.
– Memoria económica:
En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
Ministerio de Defensa.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por la Asociación Atlántica
Española.
Asimismo, tras finalizar las citadas actividades, la Asociación Atlántica Española
remitirá a la Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad
donde se incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de
las actividades realizadas.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de
Defensa [http://sede.defensa.gob.es/acceda], no siendo válido ningún trámite realizado a
cve: BOE-A-2022-16100
Verificable en https://www.boe.es
– Memoria de la actividad: