III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-16105)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Consejo General del Notariado, para el intercambio de información y el cumplimiento de otras obligaciones legales de información.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Lunes 3 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 135742

la titularidad real de entidades, en los términos en que ésta se define por la legislación
sobre prevención de blanqueo de capitales.
En el caso de que la titularidad jurídica de sociedades o entidades por parte de una
persona física se posea de forma indirecta (a través de otras entidades), las partes
acordarán la forma en que la Guardia Civil dispondrá de la información a través de la que
pueda conocerse la secuencia de entidades a través de las que una persona física sea
titular jurídica y el porcentaje de tal titularidad (en función de los porcentajes de
participaciones indirectas). El mecanismo de suministro de la información deberá prever
consultas ascendentes (dada una persona jurídica, conocer sus propietarios personas
físicas) y descendentes (dada una persona física, conocer en qué entidades participa).
En virtud de lo previsto en el acuerdo del Consejo General del Notariado, de 31 de
mayo de 2014 (BOE de 30 de julio de 2014), el Consejo General del Notariado facilitará
el acceso a la información contenida en la Base de Datos de Personas con
Responsabilidad Pública (BDPRP).
El mecanismo de suministro de la información deberá prever consultas bien de
manera directa para conocer si una persona está o no considerada como PRP, familiar o
allegado, o de manera indirecta para conocer cuáles son las relaciones notariales de un
tercero con algún PRP, familiar o allegado.
Cuarta.

Compromisos comunes de ambas partes.

Colaboración en la formación de Notarios y funcionarios de la Guardia Civil.
Ambas partes firmantes del presente convenio, y en el marco de la estrecha
colaboración que lo preside para el cumplimiento de las finalidades de interés público
que lo impulsan, pretenderán la organización de cursos de formación sobre operativa
notarial y en materia de prevención del blanqueo de capitales, que serán impartidos, en
su caso, por notarios y especialistas de la Guardia Civil.

1. Las cesiones de datos que puedan realizarse en virtud de lo indicado en las
cláusulas anteriores, así como el control y la seguridad de los mismos habrán de
sujetarse a los casos, requisitos y limitaciones previstos en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, en las disposiciones
reglamentarias del ordenamiento interno en materia de protección de datos de carácter
personal, en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica modificado por el
Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre, y en la Política de Seguridad de la Información
de la Guardia Civil y del Consejo General del Notariado; y, en el ámbito de la prevención,
investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, la Directiva (UE)
2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación,
detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales,
y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión
Marco 2008/977/JAI del Consejo y la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección
de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y
enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

cve: BOE-A-2022-16105
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Control, seguridad de los datos suministrados y Protección de datos de
carácter personal.