I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Mar Menor. (BOE-A-2022-16019)
Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 135131
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
16019
Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad
jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley.
Los motivos por los que se aprueba esta ley son dos: Por un lado, la grave crisis que
en materia socio-ambiental, ecológica y humanitaria viven el mar Menor y los habitantes
de sus municipios ribereños; por otro lado, la insuficiencia del actual sistema jurídico de
protección, a pesar de las importantes figuras e instrumentos de carácter regulador que
se han ido sucediendo a lo largo de los últimos veinticinco años.
La propuesta se refiere a todo el ecosistema marino lagunar del Mar Menor, con una
superficie de 135 km2, la mayor laguna costera del Mediterráneo español y una de las más
grandes del Mediterráneo occidental. Con una profundidad media de 4 m y máxima de 7 m,
se encuentra separada del mar Mediterráneo por una barra arenosa sobre afloramientos
rocosos de origen volcánico de 22 km de longitud y una anchura de entre 100 y 1.500 m
(denominada La Manga), que se encuentra atravesada por cinco canales o golas de
comunicación con el mar Mediterráneo. El conjunto de todos sus componentes –la
biodiversidad característica (hábitats, flora y fauna), el sistema hidrogeológico con el que
conecta y que conforma su cuenca vertiente, el fondo lagunar, el agua y su salinidad, los
humedales litorales, todo ello descrito en el Informe integral sobre el estado ecológico del mar
Menor, elaborado por el Comité de asesoramiento científico del mar Menor y publicado el 6
de febrero de 2017–, ha venido sufriendo una serie de presiones derivadas de la
intensificación de usos que, desde la década de los años 60 del siglo XX, se han venido
desarrollando. El Informe identifica la convergencia en el mar Menor de diversos impactos.
Por otra parte, junto a sus valores ambientales, el mar Menor es uno de los
principales elementos de identificación cultural de la Región de Murcia, y despierta en
todos los murcianos un fuerte apego emocional. Prueba de ello es la creación de
diversas plataformas ciudadanas que reúnen a asociaciones vecinales, organizaciones
ecologistas, colectivos profesionales, fundaciones culturales, etc., que reivindican
medidas para recuperar y proteger este ecosistema y que el 30 de octubre de 2019
celebraron en la ciudad de Cartagena una multitudinaria manifestación con más
de 55.000 personas, solicitando medidas para salvar el mar Menor.
Por todo ello, ha llegado el momento de dar un salto cualitativo y adoptar un nuevo
modelo jurídico-político, en línea con la vanguardia jurídica internacional y el movimiento
global de reconocimiento de los derechos de la naturaleza.
La actual Ley se ejercita en el marco de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo,
reguladora de la iniciativa legislativa popular. Su objetivo es otorgar personalidad jurídica
al ecosistema lagunar del Mar Menor, para poder dotarlo, como sujeto de derecho, de
una carta de derechos propios, con base en su valor ecológico intrínseco y la solidaridad
intergeneracional, garantizando así su protección para las generaciones futuras.
Que se reconozcan los derechos del ecosistema de la laguna del Mar Menor y de su
cuenca significa cumplir con nuestros compromisos internacionales adquiridos, como el
cve: BOE-A-2022-16019
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 135131
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
16019
Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad
jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley.
Los motivos por los que se aprueba esta ley son dos: Por un lado, la grave crisis que
en materia socio-ambiental, ecológica y humanitaria viven el mar Menor y los habitantes
de sus municipios ribereños; por otro lado, la insuficiencia del actual sistema jurídico de
protección, a pesar de las importantes figuras e instrumentos de carácter regulador que
se han ido sucediendo a lo largo de los últimos veinticinco años.
La propuesta se refiere a todo el ecosistema marino lagunar del Mar Menor, con una
superficie de 135 km2, la mayor laguna costera del Mediterráneo español y una de las más
grandes del Mediterráneo occidental. Con una profundidad media de 4 m y máxima de 7 m,
se encuentra separada del mar Mediterráneo por una barra arenosa sobre afloramientos
rocosos de origen volcánico de 22 km de longitud y una anchura de entre 100 y 1.500 m
(denominada La Manga), que se encuentra atravesada por cinco canales o golas de
comunicación con el mar Mediterráneo. El conjunto de todos sus componentes –la
biodiversidad característica (hábitats, flora y fauna), el sistema hidrogeológico con el que
conecta y que conforma su cuenca vertiente, el fondo lagunar, el agua y su salinidad, los
humedales litorales, todo ello descrito en el Informe integral sobre el estado ecológico del mar
Menor, elaborado por el Comité de asesoramiento científico del mar Menor y publicado el 6
de febrero de 2017–, ha venido sufriendo una serie de presiones derivadas de la
intensificación de usos que, desde la década de los años 60 del siglo XX, se han venido
desarrollando. El Informe identifica la convergencia en el mar Menor de diversos impactos.
Por otra parte, junto a sus valores ambientales, el mar Menor es uno de los
principales elementos de identificación cultural de la Región de Murcia, y despierta en
todos los murcianos un fuerte apego emocional. Prueba de ello es la creación de
diversas plataformas ciudadanas que reúnen a asociaciones vecinales, organizaciones
ecologistas, colectivos profesionales, fundaciones culturales, etc., que reivindican
medidas para recuperar y proteger este ecosistema y que el 30 de octubre de 2019
celebraron en la ciudad de Cartagena una multitudinaria manifestación con más
de 55.000 personas, solicitando medidas para salvar el mar Menor.
Por todo ello, ha llegado el momento de dar un salto cualitativo y adoptar un nuevo
modelo jurídico-político, en línea con la vanguardia jurídica internacional y el movimiento
global de reconocimiento de los derechos de la naturaleza.
La actual Ley se ejercita en el marco de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo,
reguladora de la iniciativa legislativa popular. Su objetivo es otorgar personalidad jurídica
al ecosistema lagunar del Mar Menor, para poder dotarlo, como sujeto de derecho, de
una carta de derechos propios, con base en su valor ecológico intrínseco y la solidaridad
intergeneracional, garantizando así su protección para las generaciones futuras.
Que se reconozcan los derechos del ecosistema de la laguna del Mar Menor y de su
cuenca significa cumplir con nuestros compromisos internacionales adquiridos, como el
cve: BOE-A-2022-16019
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO