III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2022-16007)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, para el suministro de información.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Sábado 1 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 134965
Por otro lado, y sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima, las
controversias no resueltas por la Comisión que se pudieran suscitar durante la vigencia
del mismo, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad
con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Decimocuarta. Datos de carácter personal asociados al convenio.
En prueba de conformidad, ambas partes firman electrónicamente el presente convenio
en el lugar indicado en el encabezamiento.–Por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, la Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Soledad
Fernández Doctor.–Por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, el
Presidente de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., Jesús Huerta
Almendro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-16007
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal tratados para la
sustanciación escrita del presente convenio, y otros datos de contacto empresariales
para la ejecución del mismo, las partes se comprometen a cumplir con lo establecido en
el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en las disposiciones
legales y reglamentarias del ordenamiento interno en materia de protección de datos de
carácter personal o, en su defecto, en aquella normativa que resulte de aplicación a
estos efectos.
Los datos personales contenidos en el presente convenio serán tratados e incluidos
en ficheros de datos de carácter personal responsabilidad de cada parte del convenio
para la gestión y el control del desarrollo del convenio y el cumplimiento de sus
respectivas obligaciones legales. Los titulares de los datos pueden ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación, oposición u otros derechos que se reconozcan en
la normativa aplicable dirigiéndose por escrito, según corresponda, a las direcciones
indicadas en el encabezamiento del convenio. En el caso de SELAE, las comunicaciones
se dirigirán al Registro, atención «Protección de Datos», c/ Poeta Joan Maragall, 53,
28020 Madrid o aquella que le sustituya.
En el caso de la Agencia Tributaria, el Responsable del Tratamiento a efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es el titular de la Dirección General.
En particular, cada parte garantiza a la otra haber informado a los titulares de los
datos de los tratamientos previstos en esta estipulación. SELAE tratará datos de las
personas físicas involucradas en la formalización del convenio, así como en la
coordinación de la relación establecida, para las finalidades de formalización y
coordinación. Los titulares de los datos son informados en la página «https://
www.selae.es/f/loterias/web_corporativa/DatosPersonales/interesados/profesionales/
Estipulaciones_Particulares_Formalizacion_y_Coordinacion_Convenio_SELAE_AEAT.pdf»
que da por satisfecho su derecho de información.
Asimismo, las partes se comprometen a colaborar en la investigación y resolución de
las incidencias de seguridad, En particular, en el caso de detectarse un riesgo inminente
o una incidencia de seguridad que afecte significativamente a los intercambios de
información, las partes podrán interrumpir temporalmente los suministros dando aviso a
la contraparte, y comunicándolo de inmediato a la Comisión prevista en la cláusula
séptima.
Núm. 236
Sábado 1 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 134965
Por otro lado, y sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima, las
controversias no resueltas por la Comisión que se pudieran suscitar durante la vigencia
del mismo, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad
con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Decimocuarta. Datos de carácter personal asociados al convenio.
En prueba de conformidad, ambas partes firman electrónicamente el presente convenio
en el lugar indicado en el encabezamiento.–Por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, la Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Soledad
Fernández Doctor.–Por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, el
Presidente de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., Jesús Huerta
Almendro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-16007
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal tratados para la
sustanciación escrita del presente convenio, y otros datos de contacto empresariales
para la ejecución del mismo, las partes se comprometen a cumplir con lo establecido en
el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en las disposiciones
legales y reglamentarias del ordenamiento interno en materia de protección de datos de
carácter personal o, en su defecto, en aquella normativa que resulte de aplicación a
estos efectos.
Los datos personales contenidos en el presente convenio serán tratados e incluidos
en ficheros de datos de carácter personal responsabilidad de cada parte del convenio
para la gestión y el control del desarrollo del convenio y el cumplimiento de sus
respectivas obligaciones legales. Los titulares de los datos pueden ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación, oposición u otros derechos que se reconozcan en
la normativa aplicable dirigiéndose por escrito, según corresponda, a las direcciones
indicadas en el encabezamiento del convenio. En el caso de SELAE, las comunicaciones
se dirigirán al Registro, atención «Protección de Datos», c/ Poeta Joan Maragall, 53,
28020 Madrid o aquella que le sustituya.
En el caso de la Agencia Tributaria, el Responsable del Tratamiento a efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es el titular de la Dirección General.
En particular, cada parte garantiza a la otra haber informado a los titulares de los
datos de los tratamientos previstos en esta estipulación. SELAE tratará datos de las
personas físicas involucradas en la formalización del convenio, así como en la
coordinación de la relación establecida, para las finalidades de formalización y
coordinación. Los titulares de los datos son informados en la página «https://
www.selae.es/f/loterias/web_corporativa/DatosPersonales/interesados/profesionales/
Estipulaciones_Particulares_Formalizacion_y_Coordinacion_Convenio_SELAE_AEAT.pdf»
que da por satisfecho su derecho de información.
Asimismo, las partes se comprometen a colaborar en la investigación y resolución de
las incidencias de seguridad, En particular, en el caso de detectarse un riesgo inminente
o una incidencia de seguridad que afecte significativamente a los intercambios de
información, las partes podrán interrumpir temporalmente los suministros dando aviso a
la contraparte, y comunicándolo de inmediato a la Comisión prevista en la cláusula
séptima.