III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16009)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica de Hibridación Peralejo de 26,1 MWp y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villalba del Rey y Tinajas (Cuenca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Sábado 1 de octubre de 2022

Potencia
(MW)

Proyecto

Sec. III. Pág. 135008

Distancia a la
Planta
Hibridación
Peralejo (m)

Estado

LE Villalba del Rey – Olmeda de la Cuesta.



En explotación.

1.050

LE Gascueña – Priego.



En explotación.

8.189

En dicho estudio se concluye que, de todos los impactos que potencialmente pueden
ocasionar efectos acumulativos o sinérgicos, se produce un 38,48 % de impactos
sinérgicos negativos, un 30,76 % de sinergia positiva y 30,76 % impactos que no
generarán sinergias. Del 38,48 % de los impactos sinérgicos negativos, un 20 % se
califican como moderados, fundamentalmente sobre la fauna (perdida y alteración del
hábitat y efecto barrera) y la vegetación, mientras que el 80 % de los impactos se
califican como compatibles.
C. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El EsIA incluye un análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de
accidentes graves o catástrofes. Se ha llevado a cabo la cuantificación de los riesgos
mediante el producto de la estimación de su probabilidad y de su severidad y se detallan
una serie de medidas preventivas de carácter general: cumplimiento de la normativa,
alejamiento de las instalaciones de la planta a más de 200 m del eje central de los
principales cursos de agua, plan de autoprotección de incendios, utilización de
pararrayos, adecuado mantenimiento de la maquinaria, etc.
Catástrofes Naturales
Tipo

Probabilidad (1-4)

Severidad (1-4)

Riesgo

Vientos Huracanados.

2: Baja.

2: Baja.

Muy bajo.

Inundaciones.

2: Baja.

1: Muy baja.

Muy bajo.

Caída de rayos.

Alta.

3: Media.

Medio.

Riesgos geológicos.

1: Muy baja.

1: Muy baja.

Muy bajo.

Accidentes graves
Probabilidad (1-4)

Severidad (1-4)

Riesgo

Vertidos.

1: Muy baja.

1: Muy Baja.

Muy bajo.

Emisiones-Escapes.

1: Muy baja.

1: Muy baja.

Muy bajo.

Incendios.

Baja.

4: Alta.

Bajo.

Fallo eléctrico.

Media.

3: Media.

Medio.

El informe del Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de
Hacienda y Administraciones Públicas de Cuenca indica que los terrenos donde se ubica
la planta fotovoltaica no están clasificados como zona de alto riesgo de incendio y no se
califican como «Monte», según la definición del artículo 3 de la Ley 3/2008, de 12 de
junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. En cualquier
caso, se estará a lo dispuesto en la Orden de 26/09/2012, de la Consejería de
Agricultura, por la que se modifica la Orden de 16/05/2006 de la Consejería de Medio
Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las campañas de prevención de
incendios forestales, así como las Resoluciones que emita la Dirección General de
Política Forestal y Espacios Naturales de la Junta de Comunidades de Castilla-La

cve: BOE-A-2022-16009
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