III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-16014)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Sábado 1 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 135093

Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo
requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.
i) Las entidades beneficiarias deberán contribuir a los objetivos de soberanía digital y
autonomía estratégica de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena
de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier
componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución,
mediante la adquisición, cuando proceda, de equipos, componentes, integraciones de
sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
j) Los beneficiarios de las inversiones estarán obligados a crear en España todo el
empleo necesario para la realización de la actividad, que se realizará con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
6. A efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del
Reglamento 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
(RMRR), la Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del RMRR
podrán acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado
por la Orden JUS/319/2018, o el acceso a otras bases de datos de la Administración que
puedan suministrar dichos datos sobre los titulares reales. También, será posible la cesión
de información entre estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las
previsiones contenidas en la normativa europea y nacional aplicable.
Séptima.

Financiación, cuantía y forma de pago.

1. El proyecto está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de
la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de
diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente
vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
2. La cuantía máxima destinada a financiar este proyecto es 4.257.795,79 euros.
Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 32.50.23WG.482,
correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado para 2022.
3. El pago tendrá carácter de pago anticipado y en un único pago, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. No será preciso que la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes
presente garantía en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.2.a) y d) del Reglamento de
la citada ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Plazo y forma de justificación.

1. La Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, realizará la justificación a
través de la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor regulada en el
artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
subvenciones. En este caso, Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes no está
obligada a aportar justificantes de gasto en la rendición de la cuenta, sin perjuicio de las
actuaciones de comprobación y control que pueda realizar la Intervención General de la
Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas en el ejercicio de sus competencias.
2. Asimismo, la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes deberá presentar:
a) Certificado emitido por el titular del órgano que ha percibido la subvención por el que
se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
b) Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general
conocimiento de la financiación por el Estado en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de las actuaciones objeto de la subvención.

cve: BOE-A-2022-16014
Verificable en https://www.boe.es

Octava.