III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16008)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Instalación Fotovoltaica Lorca Solar de 339,075 MW de potencia nominal y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Totana y Lorca (Murcia).
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Sábado 1 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 134986
parque solar»; anejo número 4 «Compensación por hipotecar la reanudación de una
parte de las capturas anuales de carbono generadas por la actividad agrícola». Este
conjunto de anejos deberá ser aprobado por el departamento competente en materia de
cambio climático de la Administración Regional. El promotor acepta el condicionado
requerido por dicho organismo.
Las alegaciones elaboradas por «Cuatro Socios, SL» señalan que alrededor del
tendido eléctrico se ionizará el aire, lo cual atraerá aerosoles contaminantes. En el caso
de que el proyecto generara ozono troposférico, éste podría causar daños en la
vegetación y cultivos. Sin embargo, el promotor señala que la cantidad de dicho ozono
producida por el efecto corona de la línea no superará los valores límite como
contaminante atmosférico.
b.7) Agua.
– Se impedirá el arrastre de materiales por escorrentía o erosión, así como
lixiviación de cualquier tipo de obra, mediante barreras físicas formadas por balas de
paja aseguradas por estacas y labores de impermeabilización.
– Se reparará y restituirá todo flujo de acuífero o afloramiento de aguas libres (si es
que se alterasen durante el desarrollo de la actividad).
– Se aplicarán las distancias mínimas (200 m) establecidas en el Decreto 102/2006,
de 8 de junio, por el que se aprueban las Directrices y Plan de Ordenación del Suelo
Industrial de la Región de Murcia, para los centros de transformación, así como la
obligación de ubicar los apoyos de la línea eléctrica aérea de alta tensión a una distancia
mínima de 25 m del cauce, o una vez y media la altura libre del apoyo.
– Para los caminos de acceso de nueva construcción y los que no las tuvieran, se
establecerán cunetas a ambos lados de los accesos y drenajes transversales para
canalizar adecuadamente el agua de escorrentía y se evitará en todo momento el
tránsito de vehículos y el acopio de material alguno fuera de la propia zona de proyecto.
– En los tramos soterrados de la línea eléctrica, deberán tenerse en cuenta los
niveles piezométricos de los acuíferos.
– Durante la fase de funcionamiento, se usarán sistemas disuasorios de paso en los
viales de acceso a la planta solar y señalización vial homologada «ad hoc» para
vehículos a motor de usuarios sin derecho a ello.
La Confederación Hidrográfica del Segura informa que las instalaciones proyectadas
no solapan con ninguna masa de agua superficial definida en el Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica del Segura, pero sí se sitúan en las subcuencas vertientes a
las masas superficiales denominadas «Río Turrilla hasta la confluencia con el río
Luchena», «Río Luchena hasta el embalse de Puentes», «Embalse de Puentes» y «Río
cve: BOE-A-2022-16008
Verificable en https://www.boe.es
La planta fotovoltaica se localiza a 1,4 km del río más próximo (río Turilla), pero es
cruzada por cuatro cauces, dos desembocan en el anterior río y otros dos en la rambla
del Estrecho de Caravaca. Al norte de la planta se identifica la Rambla de Los Habares.
La línea de evacuación cruza diferentes cauces y ramblas (Rambla del Estrecho de
Caravaca y Rambla de Torrealvilla). Además, la planta se ubica en la zona V
Guadalentín del Plan Hidrológico de la cuenca del Segura. Ningún acuífero está presente
bajo el ámbito de la planta, pero sí bajo el recorrido de la línea.
Durante la fase de obras, el promotor señala que existe un riesgo de afectar a las
aguas superficiales, pero no identifica impactos sobre los acuíferos bajo la línea de
evacuación ya que las zanjas para el cableado alcanzarán una profundidad pequeña
(1-2,5 m).
Con el objetivo de reducir los posibles impactos, el promotor señala que se respetará
un retranqueo de 10 m respecto al borde del Dominio Público Hidráulico (DPH). Además,
prácticamente todos los cruces de la línea con los cauces se realizarán en aéreo. El
promotor incluye otras medidas para la protección de la hidrología en la página 268
a 269, entre las que destacan:
Núm. 236
Sábado 1 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 134986
parque solar»; anejo número 4 «Compensación por hipotecar la reanudación de una
parte de las capturas anuales de carbono generadas por la actividad agrícola». Este
conjunto de anejos deberá ser aprobado por el departamento competente en materia de
cambio climático de la Administración Regional. El promotor acepta el condicionado
requerido por dicho organismo.
Las alegaciones elaboradas por «Cuatro Socios, SL» señalan que alrededor del
tendido eléctrico se ionizará el aire, lo cual atraerá aerosoles contaminantes. En el caso
de que el proyecto generara ozono troposférico, éste podría causar daños en la
vegetación y cultivos. Sin embargo, el promotor señala que la cantidad de dicho ozono
producida por el efecto corona de la línea no superará los valores límite como
contaminante atmosférico.
b.7) Agua.
– Se impedirá el arrastre de materiales por escorrentía o erosión, así como
lixiviación de cualquier tipo de obra, mediante barreras físicas formadas por balas de
paja aseguradas por estacas y labores de impermeabilización.
– Se reparará y restituirá todo flujo de acuífero o afloramiento de aguas libres (si es
que se alterasen durante el desarrollo de la actividad).
– Se aplicarán las distancias mínimas (200 m) establecidas en el Decreto 102/2006,
de 8 de junio, por el que se aprueban las Directrices y Plan de Ordenación del Suelo
Industrial de la Región de Murcia, para los centros de transformación, así como la
obligación de ubicar los apoyos de la línea eléctrica aérea de alta tensión a una distancia
mínima de 25 m del cauce, o una vez y media la altura libre del apoyo.
– Para los caminos de acceso de nueva construcción y los que no las tuvieran, se
establecerán cunetas a ambos lados de los accesos y drenajes transversales para
canalizar adecuadamente el agua de escorrentía y se evitará en todo momento el
tránsito de vehículos y el acopio de material alguno fuera de la propia zona de proyecto.
– En los tramos soterrados de la línea eléctrica, deberán tenerse en cuenta los
niveles piezométricos de los acuíferos.
– Durante la fase de funcionamiento, se usarán sistemas disuasorios de paso en los
viales de acceso a la planta solar y señalización vial homologada «ad hoc» para
vehículos a motor de usuarios sin derecho a ello.
La Confederación Hidrográfica del Segura informa que las instalaciones proyectadas
no solapan con ninguna masa de agua superficial definida en el Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica del Segura, pero sí se sitúan en las subcuencas vertientes a
las masas superficiales denominadas «Río Turrilla hasta la confluencia con el río
Luchena», «Río Luchena hasta el embalse de Puentes», «Embalse de Puentes» y «Río
cve: BOE-A-2022-16008
Verificable en https://www.boe.es
La planta fotovoltaica se localiza a 1,4 km del río más próximo (río Turilla), pero es
cruzada por cuatro cauces, dos desembocan en el anterior río y otros dos en la rambla
del Estrecho de Caravaca. Al norte de la planta se identifica la Rambla de Los Habares.
La línea de evacuación cruza diferentes cauces y ramblas (Rambla del Estrecho de
Caravaca y Rambla de Torrealvilla). Además, la planta se ubica en la zona V
Guadalentín del Plan Hidrológico de la cuenca del Segura. Ningún acuífero está presente
bajo el ámbito de la planta, pero sí bajo el recorrido de la línea.
Durante la fase de obras, el promotor señala que existe un riesgo de afectar a las
aguas superficiales, pero no identifica impactos sobre los acuíferos bajo la línea de
evacuación ya que las zanjas para el cableado alcanzarán una profundidad pequeña
(1-2,5 m).
Con el objetivo de reducir los posibles impactos, el promotor señala que se respetará
un retranqueo de 10 m respecto al borde del Dominio Público Hidráulico (DPH). Además,
prácticamente todos los cruces de la línea con los cauces se realizarán en aéreo. El
promotor incluye otras medidas para la protección de la hidrología en la página 268
a 269, entre las que destacan: