III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-15944)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universidad de las Illes Balears, para la colaboración académica, científica y cultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Duodécima.
Sec. III. Pág. 134682
Naturaleza y jurisdicción competente.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas o controversias a las que pueda dar lugar la interpretación,
modificación, efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de
mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación. Si no pudiera
alcanzarse el correspondiente acuerdo, serán sometidas al orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Ley 52/1997, de 27 de
noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
cve: BOE-A-2022-15944
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, se suscribe, en el lugar y fecha
indicados en el encabezamiento, el presente convenio, redactado en cuatro ejemplares,
dos en catalán, y dos en castellano; quedando un ejemplar del mismo en cada idioma en
poder de cada una de las partes.–Por la Agencia Estatal de Meteorología, el Presidente,
Miguel Ángel López González.–Por la Universidad de las Illes Balears, el Rector, Jaume
Jesús Carot Giner.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Duodécima.
Sec. III. Pág. 134682
Naturaleza y jurisdicción competente.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas o controversias a las que pueda dar lugar la interpretación,
modificación, efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de
mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación. Si no pudiera
alcanzarse el correspondiente acuerdo, serán sometidas al orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Ley 52/1997, de 27 de
noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
cve: BOE-A-2022-15944
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, se suscribe, en el lugar y fecha
indicados en el encabezamiento, el presente convenio, redactado en cuatro ejemplares,
dos en catalán, y dos en castellano; quedando un ejemplar del mismo en cada idioma en
poder de cada una de las partes.–Por la Agencia Estatal de Meteorología, el Presidente,
Miguel Ángel López González.–Por la Universidad de las Illes Balears, el Rector, Jaume
Jesús Carot Giner.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X