II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-15923)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Media de Gestión Deportiva, Subgrupo A2.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 134132
5.5 El tribunal, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen
pertinentes limitándose los mismos a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad.
Igualmente, cuando, en función del número de aspirantes presentados, los ejercicios
de la fase de oposición deban de practicarse en más de un aula, el tribunal podrá
disponer la incorporación de cuantos colaboradores resulten necesarios. En este caso, el
Tribunal solicitará autorización a la Gerencia para la designación de dichos
colaboradores, y los mismos actuarán durante la realización de los ejercicios conforme a
las directrices que el propio tribunal les hubiera marcado.
5.6 El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los aspirantes con una discapacidad, gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten las
adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. Si en cualquier momento
del proceso selectivo se le suscitaran dudas al tribunal respecto a la capacidad de un
aspirante discapacitado, para el desempeño de las actividades habitualmente
desarrolladas por los funcionarios de la escala a que se refieren estas pruebas, podrá
recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes de la comunidad
autónoma correspondiente, en cuyo caso, el aspirante podrá participar condicionalmente
en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión
o exclusión de las pruebas hasta la recepción del dictamen.
5.7 A efectos de comunicación y demás incidencias el tribunal tendrá su sede en el
Servicio de Personal de Administración y Servicios (edificio Rectorado y Consejo Social)
de esta Universidad.
5.8 Los miembros del tribunal percibirán las gratificaciones por asistencias fijadas
en las Normas de Ejecución y Funcionamiento establecidas en los Presupuestos
Anuales de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
5.9 Los miembros del tribunal calificador serán nombrados por el Rector,
atendiendo a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 4/2021, de la Función Pública
Valenciana y concordantes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
mediante resolución que se hará pública en el «Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana».
5.10 El Tribunal calificador deberá especificar los criterios de valoración y
calificación de los ejercicios, debiendo hacerlos públicos con antelación a la celebración
de los mismos para conocimiento de los aspirantes. El tribunal calificador de las pruebas
adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de
oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad del personal aspirante. Serán
excluidas aquellas personas en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas
o signos que permitan conocer la identidad de las misma El tribunal velará porque
queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades.
Procedimiento de Selección.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concursooposición, con máximo de 100 puntos.
6.1
Fase de oposición:
La puntuación máxima en esta fase es de 60 puntos y consistirá en la superación de
un ejercicio, obligatorio y eliminatorio que consta de dos partes, que no serán
cve: BOE-A-2022-15923
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 134132
5.5 El tribunal, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen
pertinentes limitándose los mismos a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad.
Igualmente, cuando, en función del número de aspirantes presentados, los ejercicios
de la fase de oposición deban de practicarse en más de un aula, el tribunal podrá
disponer la incorporación de cuantos colaboradores resulten necesarios. En este caso, el
Tribunal solicitará autorización a la Gerencia para la designación de dichos
colaboradores, y los mismos actuarán durante la realización de los ejercicios conforme a
las directrices que el propio tribunal les hubiera marcado.
5.6 El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los aspirantes con una discapacidad, gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten las
adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. Si en cualquier momento
del proceso selectivo se le suscitaran dudas al tribunal respecto a la capacidad de un
aspirante discapacitado, para el desempeño de las actividades habitualmente
desarrolladas por los funcionarios de la escala a que se refieren estas pruebas, podrá
recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes de la comunidad
autónoma correspondiente, en cuyo caso, el aspirante podrá participar condicionalmente
en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión
o exclusión de las pruebas hasta la recepción del dictamen.
5.7 A efectos de comunicación y demás incidencias el tribunal tendrá su sede en el
Servicio de Personal de Administración y Servicios (edificio Rectorado y Consejo Social)
de esta Universidad.
5.8 Los miembros del tribunal percibirán las gratificaciones por asistencias fijadas
en las Normas de Ejecución y Funcionamiento establecidas en los Presupuestos
Anuales de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
5.9 Los miembros del tribunal calificador serán nombrados por el Rector,
atendiendo a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 4/2021, de la Función Pública
Valenciana y concordantes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
mediante resolución que se hará pública en el «Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana».
5.10 El Tribunal calificador deberá especificar los criterios de valoración y
calificación de los ejercicios, debiendo hacerlos públicos con antelación a la celebración
de los mismos para conocimiento de los aspirantes. El tribunal calificador de las pruebas
adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de
oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad del personal aspirante. Serán
excluidas aquellas personas en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas
o signos que permitan conocer la identidad de las misma El tribunal velará porque
queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades.
Procedimiento de Selección.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concursooposición, con máximo de 100 puntos.
6.1
Fase de oposición:
La puntuación máxima en esta fase es de 60 puntos y consistirá en la superación de
un ejercicio, obligatorio y eliminatorio que consta de dos partes, que no serán
cve: BOE-A-2022-15923
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.