II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-15923)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Media de Gestión Deportiva, Subgrupo A2.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 134129
Tercera. Solicitudes.
3.1. En virtud de la Resolución Rectoral publicada en el «Boletín Oficial de la
Universidad Miguel Hernández de Elche» en fecha 4 de octubre de 2021, por la que se
incorporan los procedimientos de selección de PAS al catálogo de procedimientos y
servicios electrónicos de la Universidad Miguel Hernández de Elche, y por consiguiente
la tramitación por medios electrónicos exclusiva y obligatoria para las personas
interesadas en dichos trámites, se deberá presentar solicitud de participación dirigida al
Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche, en el plazo de 20 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado», a través de la Sede Electrónica en el portal https://
sede.umh.es/procedimientos/, eligiendo la opción «SELECCIÓN PAS-Funcionario de
carrera», o por medio de la url: https://universite.umh.es/espacio-opositor.
3.2 A la solicitud se unirá la siguiente documentación:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad; Los aspirantes que no
posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar
fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que
acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del
nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) En su caso, documento justificativo de exención o bonificación de tasas
a) Los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Para disfrutar de
esta exención se deberá adjuntar certificación de la Consellería de Igualdad y Políticas
Inclusivas u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite
discapacidad igual o superior al 33 %.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial o de familias
monoparentales de categoría especial. Para el disfrute de la exención se deberá adjuntar
a la solicitud la fotocopia de la documentación oficial en vigor que acredite la citada
condición.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el
órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
e) Asimismo, estarán exentos del pago de la tasa establecida en la base 3.3, las
personas que figuran como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un
mes anterior a la fecha de la convocatoria. Para el disfrute de la exención será requisito
que no hubieran rechazado, en el plazo referido, oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, así mismo, carezcan de rentas superiores,
en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la ley, se solicitará
en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En cuanto
a la acreditación de las rentas, se acreditará con una declaración escrita de la persona
cve: BOE-A-2022-15923
Verificable en https://www.boe.es
3.3 Los derechos de participación serán los correspondientes a la plaza convocada,
en este caso 25,00 €. El pago deberá efectuarse mediante tarjeta bancaria de manera
telemática a través de la plataforma que está incluida en la SEDE de forma simultánea a
la presentación de la instancia de participación.
3.4 Conforme a lo establecido en el artículo 18.1-2 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de tasas, están exentos del pago de la tasa establecida en
la base 3.3:
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 134129
Tercera. Solicitudes.
3.1. En virtud de la Resolución Rectoral publicada en el «Boletín Oficial de la
Universidad Miguel Hernández de Elche» en fecha 4 de octubre de 2021, por la que se
incorporan los procedimientos de selección de PAS al catálogo de procedimientos y
servicios electrónicos de la Universidad Miguel Hernández de Elche, y por consiguiente
la tramitación por medios electrónicos exclusiva y obligatoria para las personas
interesadas en dichos trámites, se deberá presentar solicitud de participación dirigida al
Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche, en el plazo de 20 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado», a través de la Sede Electrónica en el portal https://
sede.umh.es/procedimientos/, eligiendo la opción «SELECCIÓN PAS-Funcionario de
carrera», o por medio de la url: https://universite.umh.es/espacio-opositor.
3.2 A la solicitud se unirá la siguiente documentación:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad; Los aspirantes que no
posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar
fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que
acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del
nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) En su caso, documento justificativo de exención o bonificación de tasas
a) Los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Para disfrutar de
esta exención se deberá adjuntar certificación de la Consellería de Igualdad y Políticas
Inclusivas u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite
discapacidad igual o superior al 33 %.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial o de familias
monoparentales de categoría especial. Para el disfrute de la exención se deberá adjuntar
a la solicitud la fotocopia de la documentación oficial en vigor que acredite la citada
condición.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el
órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
e) Asimismo, estarán exentos del pago de la tasa establecida en la base 3.3, las
personas que figuran como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un
mes anterior a la fecha de la convocatoria. Para el disfrute de la exención será requisito
que no hubieran rechazado, en el plazo referido, oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, así mismo, carezcan de rentas superiores,
en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la ley, se solicitará
en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En cuanto
a la acreditación de las rentas, se acreditará con una declaración escrita de la persona
cve: BOE-A-2022-15923
Verificable en https://www.boe.es
3.3 Los derechos de participación serán los correspondientes a la plaza convocada,
en este caso 25,00 €. El pago deberá efectuarse mediante tarjeta bancaria de manera
telemática a través de la plataforma que está incluida en la SEDE de forma simultánea a
la presentación de la instancia de participación.
3.4 Conforme a lo establecido en el artículo 18.1-2 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de tasas, están exentos del pago de la tasa establecida en
la base 3.3: