II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-15923)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Media de Gestión Deportiva, Subgrupo A2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 134139

aspirantes que han superado el proceso selectivo, los opositores deberán presentar los
documentos que figuran en este punto 9.1 en el Registro General de la Universidad o en
los Registros Auxiliares de los Centros de Gestión de Campus, ambos previa cita.
La cita previa debe ser concertada por los interesados a través de los correos
electrónicos de las oficinas de registro que pueden encontrar en https://smca.umh.es/
covid-19/.
Asimismo, los documentos se podrán presentar en las Oficinas de Asistencia en
Materia de Registro que están conectadas al Sistema de Interconexión de Registros que
se puede consultar en la siguiente url: https://administracion.gob.es/pagFront/
atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htm.
Documentos a presentar:
a) Documento nacional de identidad en vigor. Para los aspirantes que no posean la
nacionalidad española, fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a
sus expensas o está a su cargo.
b) Título académico exigible según la presente convocatoria, o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo
y, en su caso, el haber efectuado el pago de tasas correspondiente a su expedición. En
el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse además del título
correspondiente, la credencial que acredite su homologación.
c) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de
cualquier administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas, según modelo que figura como
anexo II. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán, además,
efectuar declaración de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública, según modelo que figura como
anexo III a esta convocatoria
d) Certificado médico acreditativo de no padecer ninguna enfermedad o defecto
físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad, deberán presentar certificación de la Consellería de Bienestar Social u
órgano competente de otras administraciones públicas que acredite tal condición, así
como su capacidad para desempeñar las tareas y funciones correspondientes.
f) Acreditación de cualquier otro requisito establecido en la base 2.1 no
contemplado en los apartados anteriores.
9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera de la Universidad
Miguel Hernández de Elche estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.
Si fuera personal funcionario de carrera de otra Administración Pública, deberá
presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal
condición, con expresión del número e importe de los trienios que tuviera acreditados así
como la fecha de su cumplimiento.
9.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no
presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de
alguno de los requisitos señalados en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. La plaza no ocupada por el
aspirante que incurra en los supuestos detallados en esta base quedará vacante, y se
procederá conforme se dispone en la base 6.13.

cve: BOE-A-2022-15923
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Núm. 235