III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-15943)
Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones (2022) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 134676

ANEXO IX
Cumplimiento con la legislación y política ambiental
D./D.ª .............................................................................................................................,
con NIF ...................................................., por sí mismo/a o en representación de la
entidad ........................................................................................................................, con
CIF ...................................................., en calidad de ..........................................................,
DECLARA
Que
ha
presentado
solicitud
para
el
proyecto
denominado ..........................................................................................................................
..............................................................................................................................................
y que todas las actuaciones que requiere para su desarrollo, teniendo en cuenta todas
las fases del ciclo de vida del proyecto, cumplen lo siguiente:
A. No ocasionan un perjuicio significativo a los siguientes objetivos
medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la
implantación de un sistema de clasificación (o taxonomía) de las actividades económicas
medioambientalmente sostenibles:
1. Mitigación del cambio climático: la actuación no da lugar a considerables
emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), estando alineado con los objetivos
establecidos en los instrumentos de planificación de lucha contra el cambio climático
aprobados por España, como el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030.
2. Adaptación al cambio climático: la actuación no provoca un aumento de los
efectos adversos de las condiciones climáticas actuales y de las previstas en el futuro,
sobre sí misma o en las personas, la naturaleza o los activos, estando alineado con los
objetivos establecidos en los instrumentos de planificación de lucha contra el cambio
climático aprobados por España, como el Plan Nacional de Adaptación al Cambio
Climático 2021-2030.
3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos: la actuación no
va en detrimento del buen estado o del buen potencial ecológico de las masas de agua,
incluidas las superficiales y subterráneas, y del buen estado ecológico de las aguas
marinas.
4. Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos: la actuación
no genera importantes ineficiencias en el uso de materiales o en el uso directo o
indirecto de recursos naturales; no da lugar a un aumento significativo de la generación
de residuos, el tratamiento mecánico-biológico, la incineración o el depósito en vertedero
de residuos; ni la eliminación de residuos a largo plazo puede causar un perjuicio
significativo y a largo plazo para el medio ambiente.
5. Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo: la
actuación no da lugar a un aumento significativo de las emisiones de contaminantes a la
atmósfera, el agua o el suelo.
6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: la actuación no
va en detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, o va en
detrimento del estado de conservación de los hábitats y las especies, en particular de
aquellos de interés para la Unión.
B. Se adecúan a las características y condiciones fijadas para la medida I1 del
Componente 5 y reflejadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En
particular, se dará cumplimiento a los objetivos climáticos y ambientales, 40 % y 100 %
respectivamente, de la Unión Europea según su asignación al campo de
intervención 041bis definido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,

cve: BOE-A-2022-15943
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Núm. 235