III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-15866)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears, para el depósito y custodia de material genético de animales de raza pura Ase Balear consignado en el Banco Nacional de Germoplasma Animal.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133945
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) del Real Decreto 430/2020,
de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAPA, y por el
que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le corresponde a la
Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, entre otras, la función de
desarrollar las competencias del departamento en materia de conservación, selección,
mejora, reproducción y material genético de las especies ganaderas, actuando este
Ministerio en el presente acto al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que
atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica.
Segundo.
En el apartado B del Anexo II del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que
se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza
pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el
Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se
modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre;
1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, se designa al Centro
de Selección y Reproducción Animal (CENSYRA) –sito en Colmenar Viejo (Madrid)–
como institución que acoge al Banco Nacional de Germoplasma Animal (BGA), de
acuerdo con el artículo 16.2 del citado Real Decreto.
Tercero.
De acuerdo con el artículo 16 del citado Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, el
BGA será la colección dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
(MAPA), en la que se constituirá un duplicado genético de material reproductivo de las
colecciones núcleo de los bancos de germoplasma. El envío de dicho material se
realizará de acuerdo con los procedimientos que al respecto se aprueban en la Comisión
Nacional de Zootecnia (CNZ) y que la propiedad del material depositado y los supuestos
de utilización se regirán por un convenio del depositante con el citado MAPA.
El Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears
(IRFAP) es una entidad pública empresarial de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, adscrita a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Se rige por derecho
público en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades
administrativas que tiene atribuidas y en lo previsto en la Ley 7/2010, de 21 de julio, del
sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en sus
Estatutos, aprobados por el Decreto 28/2014, de 27 de junio. En el resto de aspectos, se
rige por el derecho privado.
El IRFAP tiene como fines generales los fines relacionados con la agricultura, la
ganadería y la pesca de competencia del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, salvo que estén atribuidos a otros organismos
del sector público instrumental.
cve: BOE-A-2022-15866
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133945
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) del Real Decreto 430/2020,
de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAPA, y por el
que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le corresponde a la
Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, entre otras, la función de
desarrollar las competencias del departamento en materia de conservación, selección,
mejora, reproducción y material genético de las especies ganaderas, actuando este
Ministerio en el presente acto al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que
atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica.
Segundo.
En el apartado B del Anexo II del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que
se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza
pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el
Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se
modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre;
1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, se designa al Centro
de Selección y Reproducción Animal (CENSYRA) –sito en Colmenar Viejo (Madrid)–
como institución que acoge al Banco Nacional de Germoplasma Animal (BGA), de
acuerdo con el artículo 16.2 del citado Real Decreto.
Tercero.
De acuerdo con el artículo 16 del citado Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, el
BGA será la colección dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
(MAPA), en la que se constituirá un duplicado genético de material reproductivo de las
colecciones núcleo de los bancos de germoplasma. El envío de dicho material se
realizará de acuerdo con los procedimientos que al respecto se aprueban en la Comisión
Nacional de Zootecnia (CNZ) y que la propiedad del material depositado y los supuestos
de utilización se regirán por un convenio del depositante con el citado MAPA.
El Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears
(IRFAP) es una entidad pública empresarial de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, adscrita a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Se rige por derecho
público en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades
administrativas que tiene atribuidas y en lo previsto en la Ley 7/2010, de 21 de julio, del
sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en sus
Estatutos, aprobados por el Decreto 28/2014, de 27 de junio. En el resto de aspectos, se
rige por el derecho privado.
El IRFAP tiene como fines generales los fines relacionados con la agricultura, la
ganadería y la pesca de competencia del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, salvo que estén atribuidos a otros organismos
del sector público instrumental.
cve: BOE-A-2022-15866
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.