III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133839

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15862

Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.

Visto el texto del XX Convenio colectivo de la empresa SEAT, SA (código de
convenio núm. 90004762011981), que fue suscrito con fecha 26 de julio de 2022, de una
parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma,
y de otra por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de septiembre de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
XX CONVENIO COLECTIVO DE SEAT, SA
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Partes firmantes.

El presente convenio colectivo tiene eficacia general al haber sido firmado por la
dirección de la empresa y por el Comité Intercentros a través de la representación de
UGT y CC. OO., lo cual representa un 92 % del mismo.

1. El convenio colectivo será de aplicación a todos los centros de trabajo de
SEAT, SA (Fábrica SEAT Martorell, Centro Técnico de SEAT, Fábrica SEAT Barcelona,
Fábrica SEAT El Prat, Centro Recambios Originales SEAT, La Coruña, Bilbao, Madrid,
Sevilla, Valencia) y a todas las personas empleadas, con la excepción del personal
directivo y extraconvenio.
2. El convenio tendrá cinco años de duración: del 1 de enero de 2022 al 31 de
diciembre de 2026. No obstante, los efectos económicos relacionados con la obtención
de la Letra E y el nivel 9, se aplicarán de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2021.

cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Ámbito y vigencia.