III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-15871)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de acciones que faciliten la formación e inserción laboral de los deportistas de alto nivel y de alto rendimiento en el marco del Programa de Atención al Deportista.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134002
necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las
posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad.
Protección de datos:
Todos los afectados por el presente convenio y anexos, devendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en
el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio que
son, cada una de ellas, responsables independientes del tratamiento de datos que
realicen, se comprometen a cumplir lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
disposiciones de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
directiva 95/46/CE, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia política de
privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos, cada
parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida que pueda
hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por parte de los
afectados o en virtud de inspección por parte de la Autoridad de Control competente.
Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos
de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente
el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de
índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal a que se tenga acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no
autorizados.
Respecto al tratamiento de datos personales del que es responsable la Universidad
de Sevilla, se informa que se realiza con la finalidad de:» Gestionar los programas de
prácticas académicas externas y/o empleo en entidades privadas u organismos públicos
de los estudiantes de la Universidad de Sevilla y egresados universitarios, posibilitando
el acercamiento entre éstos y las empresas u organismos que participan en los
programas», estando legitimado por ser necesario para la ejecución de un contrato en el
que el interesado es parte, para el cumplimiento de una obligación legal y el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al responsable del tratamiento. Asimismo, en su caso, se legitima por
el consentimiento expreso e informado del interesado.
Se puede obtener más información en el siguiente enlace: http://
alojaservicios.us.es/spee/gestion-convenios/proteccion-datos.
Séptima.
Transparencia.
Octava.
Difusión.
La Universidad de Sevilla y el CSD se autorizan recíprocamente a utilizar sus
respectivos logotipos como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y
publicidad de las actividades objeto del presente convenio, sujeto a las reglas e
instrucciones que ambas entidades puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
cve: BOE-A-2022-15871
Verificable en https://www.boe.es
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134002
necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las
posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad.
Protección de datos:
Todos los afectados por el presente convenio y anexos, devendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en
el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio que
son, cada una de ellas, responsables independientes del tratamiento de datos que
realicen, se comprometen a cumplir lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
disposiciones de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
directiva 95/46/CE, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia política de
privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos, cada
parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida que pueda
hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por parte de los
afectados o en virtud de inspección por parte de la Autoridad de Control competente.
Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos
de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente
el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de
índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal a que se tenga acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no
autorizados.
Respecto al tratamiento de datos personales del que es responsable la Universidad
de Sevilla, se informa que se realiza con la finalidad de:» Gestionar los programas de
prácticas académicas externas y/o empleo en entidades privadas u organismos públicos
de los estudiantes de la Universidad de Sevilla y egresados universitarios, posibilitando
el acercamiento entre éstos y las empresas u organismos que participan en los
programas», estando legitimado por ser necesario para la ejecución de un contrato en el
que el interesado es parte, para el cumplimiento de una obligación legal y el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al responsable del tratamiento. Asimismo, en su caso, se legitima por
el consentimiento expreso e informado del interesado.
Se puede obtener más información en el siguiente enlace: http://
alojaservicios.us.es/spee/gestion-convenios/proteccion-datos.
Séptima.
Transparencia.
Octava.
Difusión.
La Universidad de Sevilla y el CSD se autorizan recíprocamente a utilizar sus
respectivos logotipos como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y
publicidad de las actividades objeto del presente convenio, sujeto a las reglas e
instrucciones que ambas entidades puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
cve: BOE-A-2022-15871
Verificable en https://www.boe.es
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.